Diputados: Proyecto regula la subcontratación de labores inherentes al giro principal de una empresa

 Proyecto regula la subcontratación de labores inherentes al giro principal de una empresa

Publicado el 27 de agosto del 2014

La propuesta legal, presentada por diputados de la Nueva Mayoría, señala que no serán susceptibles de ser subcontratadas las labores inherentes al giro principal de una empresa, salvo que se trate de la totalidad de ellas mediante un contrato de administración general o similar a éste, y que la empresa principal no ejerza facultad alguna de dirección laboral sobre los trabajadores de la empresa contratista, o subcontratista en su caso.

    Buscando rescatar el espíritu original del legislador en la fijación de la ley de subcontratación, un grupo de diputados de la Nueva Mayoría, encabezados por Osvaldo Andrade (PS), presentó una moción (boletín 9483) que modifica el Código del Trabajo, con el objeto de regular la subcontratación de labores inherentes al giro principal de una empresa.

    El proyecto, destinado a la Comisión de Trabajo para su estudio, fue ingresado a trámite legislativo el pasado 6 de agosto por el diputado Andrade y sus compañeros de partido Manuel Monsalve y Denise Pascal y a los diputados independiente Gabriel Boric; PC Karol Cariola y Lautaro Carmona; PPD Tucapel Jiménez y Felipe Letelier; y DC René Saffirio y Patricio Vallespín.

    Los legisladores recalcaron que la propuesta se orienta a prohibir la subcontratación de funciones que pertenezcan en forma central al giro de la empresa principal, dejando la subcontratación reservada para labores anexas en las que la empresa principal puede recurrir perfectamente a empresas especializadas tales como vigilancia, alimentación, aseo y mantención.

    Destacaron que la iniciativa no innova respecto al organismo encargado de velar por el cumplimiento de la legislación laboral y previsional contenida en el Código del Trabajo, reafirmando que será la Dirección del Trabajo la que, en el ejercicio de sus facultades legales de fiscalización de la normativa laboral, determinará aquellos casos en los que o bien estamos frente a una subcontratación impropia o bien frente a una subcontratación no ajustada a los requisitos de la Ley 20.123.

    La normativa define específicamente en el artículo 183-A del Código del Trabajo que “no serán susceptibles de ser subcontratadas las labores inherentes al giro principal de una empresa, salvo que se trate de la totalidad de ellas mediante un contrato de administración general o similar a éste, y que la empresa principal no ejerza facultad alguna de dirección laboral sobre los trabajadores de la empresa contratista, o subcontratista en su caso”.

    Además, se determina que si los servicios prestados se realizan sin sujeción a los requisitos señalados en la ley, o en infracción a sus normas, o bien se limitan sólo a la intermediación de trabajadores a una faena, “se entenderá que el empleador es el dueño de la obra, empresa o faena, lo cual será determinado por la Dirección del Trabajo, sin perjuicio de los recursos que procedan ante el tribunal del trabajo”.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

De duelo el Colegio Germania de Puerto Varas : A los 93 años, falleció el Padre Enrique Bohle Werner svd