Senado: Aplauden aprobación de reglamento de “Ley de Net Metering”, permite que las personas puedan instalar en sus casas sistemas de generación –ya sea eólicas o solar, principalmente-, con la finalidad de auto abastecimiento, pero si les sobra la generación, puedan inyectarla al sistema y que se les pague en la misma cuenta”, informó el parlamentario.
Aplauden aprobación de reglamento de “Ley de Net Metering”
Senador Prokurica aseguró que con este importante paso se podrá avanzar en el desarrollo de energías renovables para consumo domiciliario
Publicado el: 26/09/2014
Su satisfacción por la aprobación en la Contraloría del reglamento de la Ley que regula el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales, más conocido como Net Metering, expresó el senador Baldo Prokurica quien recordó que la iniciativa que tuvo su origen en una moción del senador Antonio Horvath, permite que las personas puedan instalar en sus casas sistemas de generación –ya sea eólicas o solar, principalmente-, con la finalidad de auto abastecimiento, pero si les sobra la generación, puedan inyectarla al sistema y que se les pague en la misma cuenta”, informó el parlamentario.
El legislador agregó que “el costo de instalación de los panales solares, ha bajado en un 80% en la última década, lo que es un paso muy importante, para que más hogares puedan realizar esta inversión”
La aprobada Ley 20.571, regulará el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales de hasta 100 kW, o también denominada “Ley de Net Metering”, que estimulará la participación de las Energías Renovables no Convencionales (ERNC) en la matriz energética nacional.
Para que la ley entrara en vigencia se necesitaba de un reglamento –preparado por el Ministerio de Energía-, el cual fue aprobado hace pocos días por la Contraloría General de la República en su trámite de toma de razón-, lo que permitirá que la ley entre en vigencia.
Asimismo, el senador explicó que “estamos hablando de la instalación de medidores que corren en ambos sentidos –no solo para cobrar-, sino que también para recibir recursos que se puedan generar en las casas particulares”.
“Este es un paso muy importante, especialmente para la Región de Atacama, en donde tenemos una de las mejores radiaciones solares del mundo, y donde muchas personas estarán interesadas –no solo en la autogeneración-, para poder reducir los costos que ellos tienen hoy en el consumo de sus casas, sino también podrán inyectar al sistema –lo que no utilicen-, y poder recibir recursos por ello”, aseguró el senador Prokurica.
¿QUIÉNES SERÁN LOS BENEFICIADOS CON ESTA LEY?
Quienes tengan equipos de generación de energía renovable no convencional (solar, eólica, mareomotriz, geotérmica y otras) y cogeneración eficiente con capacidad máxima para 100 kW. Estos usuarios podrán inyectar la energía que no utilicen a la red de distribución masiva de electricidad y cobrar por ella.
Si una persona decide hacer su instalación e inyectar energía, deberá asumir el costo de las obras adicionales necesarias para inyectar la energía producida e instalar medidor que determine cuánto está inyectando. Para vigilar este proceso está la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
El reglamento, plantea que sólo puede utilizarse equipos debidamente certificados por la SEC. Este organismo, además, autorizará a laboratorios de ensayo y organismos de certificación habilitados para que certifiquen equipos. Además, la SEC llevará un listado con los equipos certificados que pueden instalarse para dicha medición.
EXPERIENCIA INTERNACIONAL
En general en países desarrollados, existe la posibilidad de autogenerarse energía eléctrica y de inyectar los excedentes, esto en Europa y Estados Unidos principalmente, aunque es una tecnología relativamente nueva y está en pleno desarrollo para el resto del mundo.
A la vez, la mayor parte de las instalaciones de generación de clientes particulares, corresponden a instalaciones fotovoltaicas o PV, por sus siglas en inglés y en menor medida también pequeños aerogeneradores.
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