Senado: Tratados internacionales y declaración de agua como bien de uso público
Tratados internacionales y declaración de agua como bien de uso público
La instancia parlamentaria encargada de establecer en la Constitución dicho principio, conoció los acuerdos firmados por Chile en este sentido. Se estima que en un par de semanas se conocerá la propuesta definitiva que será presentada a la Sala.
Publicado el: 27/11/2014
Revisar la titularidad del derecho de agua en otras legislaciones fue el objetivo de los integrantes de la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía en su última sesión. La idea es consagrar en la Constitución Política que el vital elemento –en sus distintos estados- es un bien de uso público.
Fue así como contaron con la presencia del abogado especialista en Derecho Internacional, Gonzalo Aguilar, quien hizo un estudio comparado de las distintas mociones que se encuentran en el Senado que apuntan al citado objetivo.
Al respecto, la presidenta del citado grupo parlamentario, senadora Adriana Muñoz valoró dicha exposición, puesto que “nos permitió conocer los tratados y acuerdos internacionales que ha firmado nuestro país y que van en la línea de reconocer esta titularidad”.
“Hemos visto como otros países tienen el dominio absoluto del agua en todos sus estados, por lo que estamos hablando de glaciares, humedales, bofedales, ríos y lagos, es decir, del recurso hídrico en su globalidad”, comentó la legisladora.
En la misma línea, el senador Francisco Chahuán destacó la intervención del especialista. “El profesor nos entregó una serie de antecedentes que nos permiten avizorar la forma en que debemos redactar que el agua es un bien nacional de uso público, de manera que se entienda que éste es un derecho humano esencial”, describió.
CONCESIONES
Varias de las mociones que se encuentran en estudio (ver nota relacionada) apelan a la entrega de derechos de aprovechamiento de agua y definen sus usos. Por ello, la senadora Muñoz señaló que las concesiones parecen ser la mejor forma a través de la cual el Estado puede regular este derecho.
“Queremos que en la Constitución se establezca esta titularidad, pero para ser coherente con la entrega de derechos de agua, hay que establecer concesiones, así el Estado debe entrar a definir la temporalidad de éstas”, explicó la congresista adelantando que hay propuestas que apuntan a un plazo de 20 o 30 años.
Respecto a las causales de caducidad, los parlamentarios citados coincidieron en la pertinencia de definir con claridad en qué condiciones los particulares podrían explotar este recurso vía concesiones y en qué casos perderían esa facultad.
¿EFECTO RETROACTIVO?
La representante de la región de Coquimbo, zona que es una de las más afectadas por la sequía, aprovechó la oportunidad para aclarar que jamás se ha planteado terminar con los derechos de agua ya entregados a particulares. “Sabemos que existen muchos permisos de explotación y a la vez muy poco del vital elemento, lo que resulta absurdo, pero para tranquilidad de todos, quiero precisar que los cambios que plantearemos con esta ley, no tendrán efecto retroactivo”, indicó.
En cuanto a los usos del agua, habría consenso respecto a la garantizar su aplicación de carácter sanitario, es decir, lo que tiene relación con saciar la sed y los usos domésticos (la limpieza). Ello tendría prevalencia por sobre un segundo orden de carácter productivo, es decir, la aplicación de este recurso para generar procesos asociados a la agricultura, la minería y la energía.
En cuanto a procedimiento, en las siguientes dos semanas la Comisión terminará de recibir a actores vinculados, tras lo cual se realizará una propuesta legislativa que será presentada a la Sala. La intención preliminar es unificar las citadas mociones en un nuevo texto que detalle la citada titularidad como todos los aspectos vinculados a ella.
Comentarios