Publicada Ley de amparo minero: posterga en el acto pago de patentes y remates de concesiones de exploración y explotación en todo el país
• Pagos de patentes mineras correspondientes a
2026 se aplazan hasta el 28 de febrero de 2027.
• La normativa establece también una
condonación de recargos por mora o retraso en el pago anual de las patentes del
sector correspondientes a 2026.
• Ley elimina la patente progresiva, reduciendo
sustancialmente los costos que afectaban especialmente a medianos y pequeños
productores. Asimismo, aumenta causales para acceder a un pago rebajado.
Santiago, 5 de noviembre de 2026.- Con su
publicación esta mañana en el Diario Oficial, entró en vigencia la nueva Ley
N°21.853 de amparo minero. La iniciativa aplaza en el acto, hasta el 28 de febrero
de 2027, el pago anual de patentes mineras correspondientes al año 2026,
suspendiendo con ello los remates sobre concesiones de exploración y
explotación en todo el país.
Además, la normativa establece que la Tesorería
General de la República (TGR) deberá condonar recargos por mora o retraso en el
pago anual de las patentes mineras de 2026. Y da la posibilidad también, previa
solicitud de la persona interesada, de suscribir convenios de cancelación en cuotas,
periódicas, mensuales y sucesivas de hasta 12 meses.
Pilares de la nueva Ley
Uno de los pilares de la nueva Ley es el fin al
cobro de una patente progresiva con tope de hasta 12 UTM por hectárea,
reemplazándolo por una tasa fija de 0,4 UTM por hectárea para las concesiones de
explotación, lo cual reduce costos que afectaban especialmente a los pequeños y
medianos productores mineros.
Asimismo, amplía las causales para acceder a
una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea, respecto de las pertenencias
mineras, eliminando requisitos burocráticos de parentesco y tipos societarios;
e incorporando una nueva causal por exploración para que el productor no tenga
que presentar los mismos documentos todos los años.
La normativa también extiende el beneficio de
patente rebajada para que no solo los titulares de las referidas concesiones
puedan solicitarlo, sino también arrendatarios y quienes exploten legítimamente
la mina. También conserva el beneficio de rebaja mientras el proyecto cuente
con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o esté en proceso de
evaluación ambiental.
Beneficios para la pequeña
minería
Para brindar a este régimen una cobertura
coherente con la realidad productiva de la pequeña minería, la Ley N°21.853
introdujo un nuevo régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas, que
desarrollen trabajos mineros y se encuentren empadronados en ENAMI u otro poder
de compra reconocido. Estos casos podrán mantener una patente rebajada por 5
años.
Del mismo modo, fortalece el régimen
especialísimo de postulación al beneficio, eliminando la exigencia de acreditar
servidumbres y ampliando de 50 a 100 hectáreas la extensión de superficie susceptible
de acogerse a patente rebajada para la minería artesanal y de 100 a 150
hectáreas para pequeños productores. La mantención de la rebaja sube de 2 a 5
años.
Con su publicación en el Diario Oficial, la
nueva normativa ya está en condiciones de brindar a la actividad minera reglas
más claras y un régimen general más beneficioso, con causales de rebaja bien
delimitadas, alineando el sistema de patentes con los objetivos de desarrollo
minero del país.
Sin perjuicio de ello, en el caso de los
artículos 142 bis (referido al monto de la patente anual y causales de rebaja)
y 142 ter (nuevo régimen especial de la pequeña minería para titulares de hasta
500 hectáreas) las modificaciones comenzarán a regir una vez publicado el
Reglamento del Código de Minería que defina condiciones y disposiciones para
aplicar a los beneficios establecidos en ambas cláusulas.
El biministro de Economía y Minería, Daniel
Mas, señaló que “con la entrada en vigencia del nuevo régimen de patentes,
estamos corrigiendo y simplificando una legislación que puso en riesgo el desarrollo
de cientos de proyectos de la minería artesanal, pequeña y mediana a lo largo
del país”.
El subsecretario de Minería, Álvaro González,
enfatizó que esta Ley entrega nuevas oportunidades a cientos de mineros. Aclaró
respecto a la postergación de pagos y remates que “se trata de una medida
excepcional y transitoria”.
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