Senado: Aprueban mejoras a herramientas de fiscalización en materias hídricas

 Aprueban mejoras a herramientas de fiscalización en materias hídricas



La Sala del Senado aprobó una iniciativa que modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia por parte de la Dirección General de Aguas (DGA). Proyecto pasa a tercer trámite.


Sala y aguas

 


Con 29 votos a favor y 8 abstenciones la Sala del Senado aprobó y despachó a cumplir su tercer trámite constitucional, el proyecto que modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia por parte de la Dirección General de Aguas.


 


En lo fundamental, la iniciativa perfecciona las herramientas de fiscalización en materias hídricas, entregando nuevas herramientas legales a la Dirección General de Aguas para el cumplimiento de dichas tareas, particularmente, mediante la introducción de un procedimiento sancionatorio simplificado.


 


Así lo explicó la presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, senadora Yasna Provoste, quien informó los alcances del proyecto al cual le destinaron seis sesiones de análisis en esa instancia.


 


Destacó que se crea un nuevo proceso sancionatorio simplificado, moderno y se establece un sistema para las inobservancias menores, entre otras materias.


 


Durante la votación intervinieron las senadoras Isabel Allende, Alejandra Sepúlveda y los senadores Daniel Núñez y Matías Walker, quienes valoraron los alcances de este proyecto, destacando que es fundamental perfeccionar la fiscalización, sobre todo en aquellos lugares más afectados por la sequía.


 


Relevaron que se entregue la posibilidad de que los municipios puedan cooperar en el cumplimiento de las labores de la DGA y la posibilidad que tienen los infractores de allanarse a los cargos formulados y con ello, acceder a una rebaja del 25% de la multa.


 


También se valoró que se haya logrado definir de mejor manera y acotar el catálogo de infracciones menores, pero advirtieron que es necesario fortalecer el número de funcionarios destinados a la fiscalización.



¿QUÉ CONTIENE EL PROYECTO?

 


En lo relativo al fortalecimiento de las herramientas de cumplimiento de resoluciones de la DGA, se faculta a las municipalidades u otros órganos de la administración del Estado para ejecutar las medidas ordenadas por esa dirección.


 


En materia de notificaciones, se reemplaza la regla general por una norma que dispone que estas actuaciones se practicarán personalmente o a través de medios electrónicos. Asimismo, se dispone que la notificación del acta de inspección se hará personalmente si el afectado se encuentra presente en el lugar y se regula la forma de notificar en el caso contrario de ausencia del afectado.


 


En cuanto a las medidas de fiscalización, se establece un procedimiento simplificado de fiscalización, aplicable a determinadas infracciones que, debido a su cuantía, excepcionalidad o alcance, requieren de un procedimiento más ágil y eficiente. Aquí se encuentran los procedimientos asociados a multas de baja cuantía; áreas con escasez hídrica declarada y vigente; zonas de prohibición para la explotación de aguas subterráneas; y las infracciones que no requieren de inspección en terreno.


 


El proyecto regula las etapas de este procedimiento simplificado señalando que se iniciará con un acta de inspección que, junto con la formulación de cargos, señalará expresamente la aplicación de este procedimiento; luego el presunto infractor tendrá el plazo de ocho días hábiles, contado desde la notificación, para presentar sus descargos por escrito; vencido el plazo indicado, se procederá a elaborar el informe técnico; finalmente, el Director General de Aguas, por medio de una resolución fundada, resolverá este expediente, y le pondrá término, en el plazo no superior a sesenta días hábiles contado desde que el expediente esté en condiciones de ser resuelto.

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