Diputados: A ley contención de alza de las tarifas eléctricas

 

A ley contención de alza de las tarifas eléctricas

En las últimas modificaciones aprobadas se regula el subsidio eléctrico para familias con personas electrodependientes y el cargo de los costos asociados a compensaciones por cortes de suministro.


Con su aprobación en la Cámara, en tercer trámite, la norma que busca evitar una nueva alza de las cuentas de luz quedó en condiciones de ser promulgada como ley de la República (boletín 18384).


El proyecto presentado por el gobierno en junio de 2026, tiene como objetivo estabilizar el valor de las tarifas eléctricas y hacerse cargo de la deuda acumulada con las empresas distribuidoras, que deben pagar los usuarios, producto del sucesivo congelamiento de tarifas eléctricas.


Sin esta propuesta legislativa, indicó el Ejecutivo, el pago de dichas deudas habrían significado un nuevo aumento general de tarifas, las cuales en algunas regiones podrían ser de hasta un 20%.


Con la aprobación de este cambio legal, se establece un mecanismo colectivo de pago, a partir del año 2028 y hasta el 2035, que implicará un cargo aproximado de cinco pesos por kilowatt hora, en las cuentas de luz.


Esta alza será contenida en sus efectos, ya que el año 2028 se genera una baja de dichas cuentas en un monto mayor a lo que se añadirá con este nuevo cálculo.


Subsidio eléctrico

La futura ley, además, extiende la vigencia del subsidio eléctrico para familias vulnerables del 40% del Registro Social de Hogares hasta el 2027.


Entre las últimas modificaciones al texto, ratificadas por la Cámara, está una precisión en este punto, respecto de las familias con personas electrodependientes. La norma original aprobada disponía que el monto del subsidio debe ser suficiente para cubrir como mínimo, el equivalente a 150 kwh mensuales de consumo eléctrico.


En su reemplazo, se dispuso que dicho subsidio debe cubrir “el consumo efectivo asociado al funcionamiento del o de los equipos necesarios para el tratamiento de su patología”.


Además, se respaldó un nuevo artículo transitorio que regula que, a partir de 2030, en el proceso de fijación de tarifas, los costos asociados a las compensaciones por cortes o incumplimientos de servicios no podrán incluirse en las tarifas aplicadas a los clientes regulados.


De esta manera, se evitará que dichas compensaciones sean financiadas por los propios clientes.

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