Adultos Mayores: Cámara de Diputados aprueba inembargabilidad de sus viviendas






Publicado el 31 de octubre del 2012



El proyecto busca asegurar al adulto mayor condiciones mínimas de bienestar, estableciendo la inembargabilidad del bien raíz que le sirva de residencia principal, y respecto de los bienes muebles que tenga en su poder.



Por 94 votos, la Cámara aprobó en particular el proyecto (boletines 8096 y 8128) que modifica el Código de Procedimiento Civil en materia de inembargabilidad de los bienes de propiedad de los adultos mayores. El texto fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.



El texto, informado a la Sala por el diputado Marcos Espinosa, de la Comisión del Adulto Mayor, dispone que será inejecutable (inembargable) el bien raíz que sirve de residencia única para el deudor, siempre que al momento de la notificación de la demanda, o en cualquier estado del juicio, sea éste ejecutivo u ordinario, se conjuguen las siguientes variables:



1.- Que el deudor propietario haya cumplido 60 años;

2.-Que se encuentre inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, exclusivamente a su nombre, con al menos 10 años de anterioridad;

3.- Que su avalúo fiscal no supere las 5.000 unidades de fomento;

4.- Que los ingresos del deudor propietario no excedan las 50 unidades tributarias mensuales;

5.- Que la naturaleza de la acción que da origen a la ejecución, no sea de carácter hipotecaria; y

6.- Que el deudor propietario no sea dueño de otro bien raíz.



La inejecutabilidad así establecida, no regirá para los bienes raíces respecto de los juicios en que sean parte el Fisco, las Cajas de Previsión y demás organismos regidos por la ley del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.



Asimismo, se comprenderán en la inejecutabilidad decretada, los bienes muebles que equipan la vivienda de que se trate y que pertenezcan al adulto mayor.



La iniciativa se originó en dos mociones con intenciones similares. La primera de ellas, de los diputados Marcos Espinosa (PRSD), Carolina Goic (DC), Alejandra Sepúlveda (PRI), Ximena Vidal (PPD), Alfonso De Urresti (PS), Ramón Farías (PPD), Carlos Abel Jarpa (PRSD), Fernando Meza (PRSD), David Sandoval (UDI) y Guillermo Teillier (PC).



El segundo proyecto fue presentado por los diputados Cristián Monckeberg (RN), Karla Rubilar (RN), Marcela Sabat (RN) Pedro Pablo Álvarez-Salamanca (RN), Germán Becker (RN), Joaquín Godoy (RN), Nicolás Monckeberg (RN), Leopoldo Pérez (RN), Gaspar Rivas (Ind) y David Sandoval (UDI).



Los diputados Cristián Monckeberg y Marcela Sabat, autores de una de las mociones aprobadas, señalaron que “para el 2020, se espera que las personas mayores de 60 años lleguen a ser el 18% de la población total de Chile y lo que estamos haciendo es humanizar el proceso de embargo con el objeto de asegurarle condiciones de vida mínimas al deudor, invocando razones de dignidad”.



Según explicó Sabat “lo que nos motivó a presentar este proyecto es proteger los bienes de los adultos mayores e impedir que el fruto del trabajo de toda una vida pueda verse en peligro por deudas propias o ajenas”.



“No buscamos impunidad en materia comercial, sino asegurar el techo para quienes ya han dado una vida al servicio de la sociedad. En un país cuya población envejece aceleradamente, es nuestra intención ir creando condiciones dignas para su mejor calidad de vida,” aclaró la parlamentaria.



Por su parte, el diputado Monckeberg explicó que “el proyecto incorpora una serie de resguardos, los que en general buscan evitar abusos. Por ejemplo, no pueden acogerse a este beneficio quienes tengan más de una propiedad, o viviendas que excedan un determinado avalúo fiscal, y se excluyen las acciones hipotecarias, solo por nombrar algunos”.



“Además, agregó, esta iniciativa constituye un avance en materia de protección a los adultos mayores, pues si bien les permite ser objeto de crédito, evita que ello sea a costa de un bien raíz de su propiedad”.

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