Diputados: Plantean un sistema de adaptabilidad en el horario de trabajo

             Plantean un sistema de adaptabilidad en el horario de trabajo

Publicado el 30 de septiembre del 2013
El proyecto de ley introduce modificaciones en la Ley Nº 18.834, el Estatuto Administrativo y el Código del Trabajo, permitiendo adecuar la jornada laboral a las necesidades particulares de cada individuo, sin afectar la productividad de las empresas, ni la eficiencia de los servicios públicos.
En el proyecto de ley (boletín 9098) se considera que las relaciones laborales, en el ámbito privado y público, han evolucionado desde un sistema en que se consideraba importante, para efectos de la productividad, la permanencia de un trabajador durante un determinado lapso de tiempo, a un sistema en que lo relevante es la productividad y no la cantidad de horas que labora un trabajador.

Lo anterior ha determinado modernas formas de relaciones laborales. Existen, por una parte, aquellas en que la presencia física de un trabajador no es necesaria para una empresa, gracias a las modernas formas de comunicación -fundamentalmente, a través de Internet- en cuyo caso el trabajador no tiene obligación alguna de concurrir a un determinado lugar para desempeñar sus labores y, como consecuencia de aquello, no tiene tampoco obligación de cumplir horarios, realizando su labor desde su casa o el lugar que el propio trabajador estime, con beneficios tan relevantes para la sociedad, como lo es la crianza de los hijos.

Por otra parte, hay países y empresas que han optado por establecer mecanismos de flexibilidad en los horarios de trabajo, con la idea de permitir al trabajador adecuar sus horarios personales con los laborales, y como consecuencia de ello lograr un mejor desempeño durante las horas efectivamente trabajadas, con los indudables beneficios tanto para el trabajador como para la empresa.

Por esto, el proyecto propone un sistema que consiste en otorgar al trabajador un especio de libertad para elegir sus horarios de entrada y salida, fijando un margen de dos o tres horas para el inicio de sus labores, y otro para el término. De este modo, el trabajador puede optar, con plena libertad, por llegar a las 7 de la mañana e irse a las 16 hrs (dentro de un esquema de 8 horas de trabajo diarias y una de colación) o bien por llegar a las 10 de la mañana y finalizar sus labores a las 19 hrs. También puede ocurrir que en lugar de llegar a las 7 ó a las 10 de la mañana, que serían los márgenes extremos en nuestro modelo, opte por llegar a las 8 para irse a las 17 hrs.

Éste esquema básico, que hasta el momento consiste en simplemente mover los horarios durante un día, se puede aplicar durante un período mayor de tiempo (un mes, por ejemplo) utilizando un sistema de balanza, de manera tal que un trabajador pueda permanecer 5 horas un día, 9 otro, algunos 8 y así, con la finalidad de que al final del período complete un promedio de 8 horas diarias, que el mismo reparte según su propia planificación.

De este modo, un día el trabajador puede optar por llegar a las 10 de la mañana e irse a las 16 hrs. debiendo recuperar las tres horas durante el mes. La idea, es que el trabajador pueda gozar de un margen de más menos tres horas al final del período.

A lo anterior, se suma el hecho de que los sistemas que conocemos operan con un margen de más o menos cuatro horas, de tal manera que al final del período -mensual- se permite que el trabajador tenga menos 4 horas sin que se le descuente suma alguna, o bien un superávit de también 4 horas sin que la empresa tenga que pagar un sobrecargo por ellas.

El sistema brevemente explicado -señalan los legisladores- plantea incuestionables beneficios, entre ellos, permitir la posibilidad de trabajar y estudiar a la vez. Es común que las personas trabajen y estudien al mismo tiempo, ya sea para terminar estudios inconclusos o bien dentro del contexto del desarrollo profesional, estudiando en programas de postgrado o postítulos.

También es común que las personas realicen más de una actividad remunerada, prestando servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, en un lugar -o como empleado público- y en otro desarrolle actividades independientes, como asesor o docente, por ejemplo. Por qué no plantear también el desarrollo de actividades deportivas y de esparcimiento, tan necesarias para la sanidad mental, que dentro de un esquema de horario rígido es muy difícil practicar.

Por último, dentro de la inmensa cantidad de probabilidades, están los trámites personales, como son los bancarios, reuniones de apoderados, visitas al médico, los que generalmente son realizados solicitando permisos en horarios laborales.

Desde la perspectiva de la empresa, ésta también se ve beneficiada por cuanto los trabajadores, al optimizar sus horas de trabajo, logran un mejor desempeño al eliminar las denominadas "horas muertas", disminuyendo en consecuencia la necesidad de ocupar horas extraordinarias. Por su parte, no se hace necesaria la dispensa de permisos para la realización de trámites, pues para ello el trabajador cuenta con horarios flexibles que le permiten atender sus asuntos sin afectar su desempeño laboral.

De esta manera, el proyecto modifica la Ley N° 18.834, indicando que la jornada de trabajo será de 176 horas mensuales que el trabajador deberá cumplir diariamente, de lunes a viernes, con un mínimo de 6 horas y un máximo de 12 horas diarias.

El trabajador podrá ingresar a desempeñar sus funciones desde las 7 horas hasta las 10 horas y podrá retirarse desde las 16 hasta las 19.

Al término de cada período mensual el trabajador deberá cumplir con 180 horas trabajadas, permitiéndosele un margen de 3 horas más o menos, sin perjuicio que al momento del retiro o cese definitivo de sus funciones no podrá mantener diferencia alguna.

Si por razones de buen servicio un trabajador fuere conminado a permanecer en su lugar de trabajo pasadas las 19 horas, el tiempo trabajado se multiplicará por dos, para los efectos del cálculo de la jornada mensual de trabajo.

Los trabajadores que deban atender público no podrán ingresar después de la hora en que comienza la atención, ni podrán retirarse sino hasta que ella se concluya, pudiendo ejercer sus derechos de flexibilidad horaria en el tiempo remanente.

El proyecto de ley fue presentado por los diputados Enrique Accorsi (PPD), Pedro Browne (RN), Juan Luis Castro (PS), Gustavo Hasbún (UDI), Tucapel Jiménez (PPD), José Pérez (PRSD), Leopoldo Pérez (RN), Guillermo Teillier (PC), Orlando Vargas (PPD) y Matías Walker (DC).

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