Cámara Baja deberá revisar cambios realizados por el Senado al proyecto que acota la infracción de circular sin TAG
Cámara Baja deberá revisar cambios realizados por el Senado al proyecto que acota la infracción de circular sin TAG
Como una única infracción será considerado el paso de un vehículo sin un dispositivo electrónico de pago de peajes, por distintos pórticos en un día. La norma que tiene esta idea matriz, pasa a tercer trámite.
31 de enero de 2020
El 31 de marzo vence del plazo para renovar el permiso de circulación. Durante ese mes muchos dueños de vehículos recibirán la desagradable noticia que deberán cancelar una serie de multas porque pasaron por autopistas sin usar el conocido TAG.
El problema es que en la actualidad, cuando un conductor pasa en un solo día por distintas comunas recibe el cobro por cada pórtico, lo que implica una multa cuantiosa.
Con el fin de corregir esta situación, la Sala del Senado aprobó –en forma unánime- el articulado del proyecto en segundo trámite que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para delimitar la infracción que consiste en circular un vehículo sin dispositivo electrónico de pago de peajes o tarifas.
Con esta propuesta, se considerará una sola infracción, el paso, en un día calendario, por distintos portales de cobro electrónico sin contar con el dispositivo electrónico pertinente.
Ahora la Cámara de Diputados deberá estudiar los cambios realizados por los senadores en su discusión en particular. Si dichas modificaciones son aprobadas, el texto estará en condiciones de convertirse en ley. De lo contrario, deberá conformarse una Comisión Mixta para zanjar discrepancias.
Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores Ximena Órdenes (presidente de la Comisión de Obras Públicas), Jorge Pizarro y Francisco Chahuán. Todos hicieron énfasis en la pertinencia de aprobar a la brevedad la norma ad portas del proceso de renovación de permisos de circulación 2020.
PROYECTO
El proyecto tiene por objeto precisar el alcance de esta infracción en el sentido que se incurre en ella cuando en un día se circula sin el dispositivo electrónico, contrariamente a la interpretación asentada en la jurisprudencia de los Juzgados de Policía Local que sostiene que cada uno de los pasos por los pórticos emplazados en una carretera para realizar el cobro, constituye una infracción por sí sola.
Esto lleva al absurdo de considerar que, si un vehículo circula por la vía concesionada y pasa por dos o más pórticos sin su dispositivo electrónico (TAG) estaría infringiendo dos o más veces el precepto, considerándose cada una de las acciones como contravenciones diferentes, aplicándose, por consiguiente, dos o más multas distintas.
Contenido del proyecto:
- Considera como una sola infracción, el paso, en un día calendario, por distintos portales de cobro electrónico sin contar con el dispositivo electrónico pertinente.
- Permite el tránsito por tales vías a los vehículos que cuenten con tales artefactos, con independencia de que estos últimos se encuentren habilitados.
- Declara extinta, de pleno derecho, la responsabilidad infraccional derivada por las contravenciones cometidas por la circulación, por dichas vías, sin los mencionados aparatos, respecto de todas las sanciones aplicadas por tal razón hasta antes que la presente iniciativa se publique en el Diario Oficial.
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