Senado: Modernización Tributaria en condiciones de ser ley

Modernización Tributaria en condiciones de ser ley

Sala despachó en forma unánime el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas entre ambas cámaras.
29 de enero de 2020



En condiciones de cumplir su trámite de promulgación que el proyecto sobre modernización tributaria, luego que la Sala despachara en forma unánime el Informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras y que tenían relación con la fórmula del impuesto verde.

Previamente, la Sala de la Cámara Baja también ratificó el informe con lo cual, la iniciativa que permitirá recaudar unos US$ 2200 en régimen quedó despachada del Congreso.

Durante el debate intervinieron los senadores Ricardo Lagos Weber, José García Ruminot, Juan Antonio Coloma, Jorge Pizarro, David Sandoval, Carlos Montes y Francisco Chahuán.

Cabe destacar que el informe de la Comisión Mixta, resolvió las discrepancias surgidas entre ámbas Cámaras en lo relativo a las normas sobre el denominado impuesto verde.

En tanto, en lo fundamental el texto legal que surgió tras un acuerdo tributario entre el Senado y el Ministerio de Hacienda, establece un nuevo Régimen Pro-Pyme, que mejora los beneficios actuales para las micro, pequeñas y medianas empresas, simplifica el cumplimiento tributario e incorpora medidas que facilitan el acceso al financiamiento. Se beneficiaría a más de 1 millón de pymes y alcanzará al 100% de ellas.

Este régimen será 100% integrado, con una tasa reducida de Impuesto de Primera Categoría de 25%, y aplicará de forma automática para las empresas con un promedio anual de ingresos en los últimos tres años que no exceda de 75.000 UF.
Además, se establece también un régimen opcional de transparencia tributaria en caso que los propietarios de las pymes sean personas naturales. En este caso, la empresa quedará liberada de impuestos y sus dueños pagarán directamente su impuesto personal por las rentas de la empresa. De este modo, podrían quedar exentos de impuesto a la renta si el empresario Pyme está en los tramos exentos de Impuesto Global Complementario.

El proyecto simplifica además, el sistema de tributación para las grandes empresas con un único sistema semi-integrado con tasa de 27%, eliminando la coexistencia de los 3 regímenes actuales (paralelos) que dificultan la administración y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

En este sistema, los propietarios de la empresa tributan con impuestos finales al momento de realizar un retiro o recibir una distribución de utilidades.
El Impuesto de Primera Categoría de tasa 27% será deducible parcialmente del impuesto final que pagan los propietarios de las empresas, los que podrán llegar a tener una carga tributaria máxima de 44,45%.
Entre las medidas específicas de incentivo a la inversión se encuentran:
- Un régimen de depreciación instantánea de 50% del valor de los activos fijos nuevos o importados, adquiridos entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021, y el 50% restante en forma acelerada. Considera también una depreciación instantánea del 100% para proyectos en la región de la Araucanía.
- Reducción en aproximadamente 6 meses del plazo para recibir una devolución del IVA pagado en inversiones en activo fijo.
- Extensión hasta 2035 los beneficios a zonas extremas que expiraban en 2025.
El proyecto beneficia a más de 100.000 adultos mayores, reduciendo las contribuciones que deben pagar en dos niveles. El primero es una rebaja del 100% si el ingreso de la persona se encuentra en el tramo exento del Impuesto Global Complementario (IGC) (aprox. $650 mil mensual). El segundo es una reducción de 50% si el ingreso equivale al segundo tramo del IGC (aprox. $1,5 millones mensuales).
Además, se amplía de $75 millones a $128 millones el tope del avalúo fiscal del inmueble del adulto mayor que puede acogerse a este beneficio, y si el adulto mayor tiene más de un inmueble, se aumenta el tope de la suma de ellos de $100 millones a $171 millones.
- Medidas de recaudación progresiva (para que los contribuyentes de mayores ingresos aporten más recursos).
La MT incorpora, entre otras, las siguientes medidas recaudatorias progresivas:
- Nuevo tramo de Impuesto Global Complementario de tasa 40% para ingresos mensuales sobre $15 millones.
- Sobretasa de contribuciones a los activos del patrimonio inmobiliario de una persona cuya suma de avalúo fiscal exceda de 400 millones de pesos.
- Contribución regional de un 1% aplicable a los proyectos nuevos de inversión que excedan de US$10 millones y que deban pasar por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Restricción de beneficios tributarios por la obtención de ganancias en el mercado financiero.
- Defensoría del Contribuyente (DEDECON)
Se incorpora una nueva institución a nuestro ordenamiento que velará por la protección y resguardo de los derechos de los contribuyentes, en especial las Pymes más pequeñas y las personas más vulnerables.
La nueva institución prestará servicios de forma enteramente gratuita, orientando a los contribuyentes, actuando como mediador entre estos y el SII y emitiendo recomendaciones cuando existan vulneraciones de sus derechos.
Además, la Dedecon podrá representar a las personas naturales con ingresos de hasta aproximadamente 1,5 millones de pesos mensuales y Pymes con ingresos aproximados de hasta 5,6 millones de pesos anuales, en la presentación de recursos administrativos ante el SII.
Se digitalizan las relaciones entre los contribuyentes y el SII, y se incorporan medidas digitales de fiscalización. Con ese objeto, se comprometen recursos para el fortalecimiento tecnológico del SII por US$10 millones.
Se incorpora la boleta electrónica obligatoria (que permitirá reducir la evasión y recaudar US$934 millones).
Además, se establece la aplicación de IVA a los servicios digitales prestados desde el extranjero, equiparando la cancha con los comercios tradicionales.
Se fortalece el catálogo de derechos del contribuyente, se crean nuevos recursos para su protección, y se consagra nuevas facultades para el SII basadas en el uso de medios tecnológicos con un foco preventivo y colaborativo que permiten, por ejemplo, una rápida rectificación voluntaria por el contribuyente luego de ser contactado por los medios expeditos que determine el Director del SII.

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