Diputados: A ley modernización de la normativa aplicable a los servicios públicos sanitarios
A ley modernización de la normativa aplicable a los servicios públicos sanitarios
La iniciativa refuerza sanciones y facultades fiscalizadoras, por ejemplo, en casos de interrupción de los servicios sanitarios. Además, incorpora un sistema de compensación a los usuarios y normas sobre factibilidad de servicio, en especial, para proyectos de interés público.
Publicada: 28 de enero de 2026
La Sala de la Cámara revisó en tercer tramite constitucional, y aprobó con amplia mayoría, el proyecto de ley que plantea modificar la legislación aplicable a los servicios públicos sanitarios y la modernización de las facultades sancionatorias de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).
La norma -que será remitida al Presidente de la República para su publicación como ley- corresponde a una moción (boletín 10795) de las exdiputadas y exdiputados Loreto Carvajal, Yasna Provoste, Lautaro Carmona, Iván Fuentes, Daniel Núñez y Guillermo Teillier.
En su origen, el texto aprobado en primer trámite por la Cámara, en 2016, también modificaba el DFL N°70, del Ministerio de Obras Públicas, sobre fijación de tarifas de los servicios de agua potable y alcantarillado. Sin embargo, en su segundo trámite, se eliminó íntegramente esa referencia del texto, enfocando las normas en la Ley 18.902, que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) y en la Ley general de Servicios Sanitarios.
Propuesta actual
De esta manera, en el primer caso, se incorpora en las facultades de la SISS que en caso de fallas reiteradas, infraestructura defectuosa o riesgo inminente de incumplir con una adecuada prestación de los servicios, instruirá a la empresa que proponga soluciones y que se incluyan en el plan de desarrollo.
En lo referido a sanciones, se modifica el artículo vigente y se propone un nuevo catálogo de infracciones, calificadas en gravísimas, graves y leves; con causales, rangos de multas, atenuantes y agravantes de responsabilidad en cada caso.
En esa línea, se consideran infracciones gravísimas, con multas de hasta 10 mil UTA (alrededor de 8 mil millones de pesos):
Incumplir las exigencias de calidad o continuidad de los servicios públicos sanitarios afectando gravemente la salud de la población
Incumplir la continuidad del servicio, por 36 o más horas continuas, si esto afecta al menos a 80 mil clientes de una comunidad; a un tercio de estos en una localidad con más de mil clientes o a más del 50% de los clientes de una localidad con menos de esa cifra de usuarios.
En tanto, en este último caso, si la suspensión es superior a 12 horas continuas se considerará infracción grave.
Igualmente, en esta categoría se incluye no contar con un plan de prevención y atención de emergencias o entregar información falsa a la Superintendencia; impedir la fiscalización o encubrir una infracción. Las multas por infracciones graves pueden alcanzar las 5 mil UTA.
Por último, serán faltas leves, efectuar cobros indebidos o tratos económicos discriminatorios a los usuarios; atender en forma deficiente o no atender los reclamos de los usuarios, entre otras. Para estos casos se aplicará una amonestación escrita o multa de hasta 500 UTA (400 millones de pesos, aprox.).
A su vez, se establece el procedimiento de reclamación judicial que pueden ejercer las empresas.
Ley general de Servicios Sanitarios
La futura ley también incorpora modificaciones a la normativa que rige los servicios sanitarios, en relación a la prestación del servicio y factibilidad, particularmente tratándose de proyectos de interés público como los de viviendas sociales.
Asimismo, dispone un sistema de compensación para los usuarios frente a las interrupciones del servicio.
También estipula que será de cargo exclusivo del prestador el costo de la suspensión y reposición del servicio derivado del no pago de las cuentas por parte de los usuarios.
Y, finalmente, la Superintendencia, a solicitud de los clientes -por consumos que consideren excesivos- podrá efectuar la verificación de los medidores, a fin de determinar su correcto estado. Y, en caso de un mal funcionamiento de estos, el costo de la verificación será de cargo de la empresa sanitaria.
En la sesión intervinieron la diputada Nathalie Castillo, Víctor Pino, Daniel Lilayu, Fernando Bórquez y Jaime Mulet, además de la ministra de Obras Públicas, Jessica López.

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