Diputados: La Comisión de Trabajo analiza un proyecto que modifica el Código del Trabajo para calificar el uso indebido de licencias médicas como falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.
La Comisión de Trabajo analiza un proyecto (boletín 17914) que modifica el Código del Trabajo para calificar el uso indebido de licencias médicas como falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.
Los alcances de la iniciativa los presentó su autora, la diputada Ximena Ossandón. Busca otorgar al empleador del sector privado las herramientas necesarias para resguardarse de los impactos que se derivan del uso fraudulento de licencias médicas y el mal uso del descanso derivado de ellas.
La legisladora indicó que, de este modo, se entenderá como infracción a la probidad la presentación de licencias médicas por incapacidad temporal que no respondan a la dolencia invocada o que ésta sea inexistente o falsa. Asimismo, se presumirá que el incumplimiento del lugar de reposo del trabajador indicado en la licencia constituye también una falta de probidad.
Para verificar el cumplimiento legal del reposo, la propuesta plantea que el empleador pueda solicitar antecedentes de la licencia médica a la institución de salud del trabajador. En este marco, el empleador deberá guardar estricta reserva de los antecedentes y solo podrá presentarlos en juicio ante la impugnación del eventual despido.
Integrantes de la comisión manifestaron que este proyecto surge como respuesta a una preocupación de carácter político, orientada a fortalecer los mecanismos de fiscalización y las sanciones ante el uso indebido de licencias médicas.
También se relevó la necesidad de integrar la visión de los trabajadores en la discusión del proyecto. Además, si bien se planteó que modificar el decreto que regula el sistema de salud sería un camino más efectivo, los legisladores coincidieron en que es fundamental escuchar a todas las partes interesadas y al Ministerio de Salud.
Confianza legítima
En segundo lugar, la instancia legislativa inició la discusión en particular del proyecto que aclara el alcance del principio de confianza legítima en los empleos a contrata en el sector público (boletín 17247). Para ello, recibió al coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo, Esteban Ávila.
Cabe recordar que la iniciativa fue aprobada en general el 2 de diciembre de 2024. La presente sesión se centró en la exposición de una minuta sobre el estado de la tramitación, permitiendo que las y los parlamentarios profundizaran en los alcances del texto antes de dar paso a su votación en particular.
El representante del Ministerio del Trabajo señaló que, a juicio del Ejecutivo, esta materia es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, porque guarda relación con la administración presupuestaria del Estado. Además, porque plantea modificaciones al estatuto del personal de la administración pública.
En cuanto a su contenido, más allá de los avances jurisprudenciales, consideró que limitar la no renovación de las contratas obliga a mantener funcionarios. Acotó que este escenario reduce la capacidad de ajustar dotaciones e irrogaría necesariamente gasto fiscal.
Por su parte, el diputado Luis Alberto Cuello, autor de la moción, afirmó que “el espíritu del proyecto es entregar una cierta estabilidad a las y los trabajadores que están a contrata en el Estado”. Asimismo, “que es parte de una realidad que es un cambio de jurisprudencia administrativa por parte de la Contraloría”.
La propuesta normativa en trámite realiza una interpretación del Estatuto Administrativo -incluido el estatuto de los funcionarios municipales-. Específicamente, indica que “todos aquellos empleos a contrata que hayan sido prorrogados por segundo año consecutivo cuentan con la confianza legítima en el respectivo organismo de la administración del Estado o municipalidad en que cumplan sus funciones, según corresponda, para seguir desempeñando sus labores”.
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