Caducarán licencia de conducir de quien maneje en estado de ebriedad

El proyecto castiga a quienes conduzcan en estado de ebriedad o bajo el efecto de las drogas, causando la muerte de otra persona, con la caducidad definitiva de la licencia de conducir la prisión preventiva.

En los fundamentos de la moción (boletín 6502), se indica que es necesario un trato diferenciado para este tipo de acciones, “toda vez que como consecuencia de estos delitos se produce como resultado la muerte”.

Por ello, se señala que la respuesta del sistema en estos casos, debe ser más rigurosa, llegando a que quien resulte responsable de este tipo de delitos no pueda volver a conducir vehículos motorizados a perpetuidad, mediante el mecanismo de la cancelación, y no en una escala gradual de suspensión.

“El uso de la licencia de conducir conlleva una responsabilidad por los riesgos propios de la actividad del transporte, por eso exige una mayor responsabilidad ante sus infracciones, más cuando compromete la seguridad y la vida del entorno”, enfatiza el texto.

Por ello, se dispone que la cancelación a perpetuidad de la licencia de conducir, es la respuesta proporcional a la muerte producida en la conducción en estado de ebriedad, atendido el aumento del riesgo permitido por parte del agente con producción de un resultado dañoso.

Adicionalmente se establece la procedencia de la prisión preventiva, en los casos que la conducción con resultado de muerte ha sido perpetrada en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias sicotrópicas.

La moción, presentada por los diputados PS Fidel Espinoza, Alfonso De Urresti e Iván Paredes; por Tucapel Jiménez (Ind.), Alejandro Sule (PRSD) y Patricio Vallespín (DC), fue remitida para su estudio a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

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