diputados:Proyecto regulariza el contrato de trabajo por obra o faena. La moción establece que este tipo de contrato laboral se transformará obligatoriamente en contrato indefinido cuando el trabajador preste servicios en tres o más obras o faenas específicas, para un mismo empleador, mediando entre cada prestación de servicios un periodo no superior a 60 días.
Proyecto regulariza el contrato de trabajo por obra o faena
Publicado el 29 de junio del 2011
La moción establece que este tipo de contrato laboral se transformará obligatoriamente en contrato indefinido cuando el trabajador preste servicios en tres o más obras o faenas específicas, para un mismo empleador, mediando entre cada prestación de servicios un periodo no superior a 60 días.
El proyecto de ley (boletín 7691) fue presentado por los diputados Osvaldo Andrade (PS), Germán Becker (RN), Pedro Browne (RN), José Manuel Edwards (RN), René Manuel García (RN), Tucapel Jiménez (PPD), Nicolás Monckeberg (RN), Leopoldo Pérez (RN), Frank Sauerbaum (RN) y Matías Walker (DC).
Hoy en día, la contratación laboral puede ser realizada de manera indefinida, a plazo fijo, o por una obra o faena determinada. En este último caso, el contrato de trabajo dura lo que se demore el trabajador en realizar el trabajo específico pactado.
La Dirección del trabajo define el contrato por obra o faena como "aquella convención en virtud de la cual el trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, cuya vigencia se encuentra circunscrita o limitada a la duración de aquella”.
Esta clase de trabajadores se ven privados de gozar de ciertos beneficios que se encuentran reservados a aquellos trabajadores que cuentan con un contrato de trabajo indefinido, como por ejemplo, la indemnización por años de servicio.
Producto de esta inequidad, se dispone hoy en la ley que cuando un trabajador a plazo logra presentar tres o más contratos a plazo, que suman a lo menos un año de servicio durante un período de quince meses, el empleador está obligado a demostrar que no ha sido contratado indefinidamente, lo que implica una mayor protección para el trabajador.
Sin embargo -señalan los autores de la moción- “dicha protección sólo ha sido contemplada para el caso del contratado a plazo fijo, y no para el contratado por una determinada obra o faena, por lo que nos parece adecuado y necesario modificar el Código del Trabajo, de manera de otorgarle también el carácter de trabajador con contrato indefinido a aquel empleado que presta servicios continuamente, por trabajos específicos, pero que a todas luces son parte de la misma obra general, o se prestan ante el mismo empleador”.
De este modo, el proyecto modifica el Código del Trabajo disponiendo que "se presumirá legalmente que el plazo del contrato es indefinido cuando el trabajador ha prestado servicios en tres o más obras o faenas específicas, para un mismo empleador, mediando entre cada prestación de servicios un lapso no superior a 60 días".
La iniciativa legal será analizada por la Comisión de Trabajo.
Publicado el 29 de junio del 2011
La moción establece que este tipo de contrato laboral se transformará obligatoriamente en contrato indefinido cuando el trabajador preste servicios en tres o más obras o faenas específicas, para un mismo empleador, mediando entre cada prestación de servicios un periodo no superior a 60 días.
El proyecto de ley (boletín 7691) fue presentado por los diputados Osvaldo Andrade (PS), Germán Becker (RN), Pedro Browne (RN), José Manuel Edwards (RN), René Manuel García (RN), Tucapel Jiménez (PPD), Nicolás Monckeberg (RN), Leopoldo Pérez (RN), Frank Sauerbaum (RN) y Matías Walker (DC).
Hoy en día, la contratación laboral puede ser realizada de manera indefinida, a plazo fijo, o por una obra o faena determinada. En este último caso, el contrato de trabajo dura lo que se demore el trabajador en realizar el trabajo específico pactado.
La Dirección del trabajo define el contrato por obra o faena como "aquella convención en virtud de la cual el trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, cuya vigencia se encuentra circunscrita o limitada a la duración de aquella”.
Esta clase de trabajadores se ven privados de gozar de ciertos beneficios que se encuentran reservados a aquellos trabajadores que cuentan con un contrato de trabajo indefinido, como por ejemplo, la indemnización por años de servicio.
Producto de esta inequidad, se dispone hoy en la ley que cuando un trabajador a plazo logra presentar tres o más contratos a plazo, que suman a lo menos un año de servicio durante un período de quince meses, el empleador está obligado a demostrar que no ha sido contratado indefinidamente, lo que implica una mayor protección para el trabajador.
Sin embargo -señalan los autores de la moción- “dicha protección sólo ha sido contemplada para el caso del contratado a plazo fijo, y no para el contratado por una determinada obra o faena, por lo que nos parece adecuado y necesario modificar el Código del Trabajo, de manera de otorgarle también el carácter de trabajador con contrato indefinido a aquel empleado que presta servicios continuamente, por trabajos específicos, pero que a todas luces son parte de la misma obra general, o se prestan ante el mismo empleador”.
De este modo, el proyecto modifica el Código del Trabajo disponiendo que "se presumirá legalmente que el plazo del contrato es indefinido cuando el trabajador ha prestado servicios en tres o más obras o faenas específicas, para un mismo empleador, mediando entre cada prestación de servicios un lapso no superior a 60 días".
La iniciativa legal será analizada por la Comisión de Trabajo.
Comentarios
Les agradeceriamos acelerar al maximo la definicion de este proyecto.