Elecciones presidenciales 2025: segunda vuelta presidencial: Los apoderados de mesa y su labor de control electoral

 

Foto SERVEL

En pro de procesos electorales transparentes y confiables, los apoderados de mesa de los candidatos cumplen una labor fundamental como control ciudadano de la elección. Tienen derecho a voz pero no a tomar decisiones, puesto que estas las adoptan los vocales de mesa.

Asisten a las actuaciones de las Juntas Electorales, Delegados de Oficinas Electorales, mesas receptoras de sufragios, Colegios Escrutadores, Tribunal Calificador de Elecciones y Tribunales Electorales Regionales.

Todo su quehacer se encuentra detallado en el instructivo enviado por Servel a partidos políticos el 2 de diciembre pasado:

 

Apoderados de mesa

Durante la instalación

  • Instalarse en las mesas receptoras de sufragios
  • Ser registrados en el acta de instalación de mesa.
  • Acompañar al presidente y al secretario en la revisión de la cámara secreta.
  • Observar los procedimientos.
  • Firmar el acta de instalación

Durante la votación

  • Estar presente en cada mesa receptora de sufragios durante el proceso de votación, asegurando la independencia y la reserva del votante en la emisión de su sufragio.
  • Formular las objeciones y reparos que estime convenientes.
  • Exigir que se deje constancia en el acta de las objeciones e incidencias planteadas.
  • Verificar u objetar la identidad de los electores.

Durante el escrutinio

  • Estar presente en el escrutinio de la mesa receptora de sufragios.
  • Objetar la calificación efectuada por la mesa de los votos emitidos ya sea como válidos, nulos o blancos, quedando constancia de la objeción, incidente o reclamación en el acta de la mesa.
  • Firmar el acta de escrutinio.
  • Derecho a exigir que se les certifique, por el presidente y el secretario de la mesa, copia del resultado.
  • Tomar fotografía del acta de escrutinio o de la minuta de resultado, que estará dispuesta por los vocales en un lugar visible de la mesa.

Después de terminado el escrutinio

  • Firmar los sobres de “votos escrutados marcados y objetados” y el sobre de los “votos nulos y en blanco”.
  • Firmar la caja dispuesta para la devolución de cédulas y útiles.

 

Importante:

Los apoderados NO podrán realizar propaganda electoral en favor de los candidatos ya sea a

través de carteles o leyendas en vestimenta y/o carpetas.

Los apoderados NO podrán, en el ejercicio de sus mandatos, obstaculizar la labor de los órganos electorales.

 

Apoderados generales

En cada local de votación podrá haber un apoderado general y su suplente, por candidato. Le corresponde designar a los apoderados de mesa y asistirlos en el ejercicio de su función.

Deberá contar con todas las facilidades que puedan otorgárseles, ya sea, para acceder al local o para su desplazamiento al interior.

 

Apoderados de la oficina electoral

Este apoderado, tendrá derecho a:

  • Supervisar las actuaciones del Delegado en la entrega de información al electorado.
  • Observar la entrega del material electoral a las mesas receptoras.
  • Estar presente en la oficina electoral y así poder observar la recepción de las actas provenientes de las mesas y los procesos de digitalización, digitación y la transmisión de los datos.

 

Revise el instructivo de apoderados acá

Comentarios

Entradas populares de este blog

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

De Braunau a Nueva Braunau. Historia de los colonos alemanes llegados a Chile desde el Imperio austriaco entre 1872 a 1875

Nómina de emigrantes austro-alemanes de Bohemia del distrito de Braunau, llegados al sur de Chile entre 1872-1875