SERNAC ANTE FALLAS EN VIVIENDAS: ¡QUE EL SUEÑO NO SE TRANSFORME EN PESADILLA!

SERNAC ANTE FALLAS EN VIVIENDAS: ¡QUE EL SUEÑO NO SE TRANSFORME EN PESADILLA! ● Existen plazos de 3, 5 y 10 años dependiendo de la falla, que deben ser respetados por las inmobiliarias y constructoras. ● Los plazos de 5 y 10 años se consideran desde la fecha de la recepción definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales y el plazo de 3 años desde la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. ● A partir de seis o más afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional, SERNAC puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda. Comprar una vivienda suele ser uno de los logros más importantes en la vida de las personas, no sólo por los anhelos personales, sino también por la alta inver...