Corte condena a supermercado por consumidor que sufrió robo de bicicleta en estacionamiento habilitado.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Cencosud a pagar una multa de 8 UTM ($ 289.464) y una indemnización de $ 299.990 para un consumidor que sufrió el robo de su bicicleta en un estacionamiento especialmente habilitado en el recinto.
La acción judicial se originó en noviembre de 2007 cuando Roberto Meza Teutsch fue hasta el supermercado Jumbo de Bilbao en su bicicleta marca Trek, la que estacionó en el espacio especialmente habilitado para este tipo de vehículos, pero cuando volvió ya no estaba.
Tras la falta de respuesta, el consumidor decidió recurrir al SERNAC, organismo que luego de una mediación desfavorable, denunció los hechos al Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes.
Durante el proceso, la empresa argumentó que no presta el servicio de custodia de bicicletas ni cobra por ello por lo que no le corresponde responsabilidad por hechos cometidos por terceros.
No obstante, el fallo de segunda instancia consideró que la empresa tuvo un actuar poco profesional al no resguardar el vehículo ya que es su responsabilidad velar por la seguridad del recinto.
La sentencia, al igual que otras recientes, confirma una vez más que reclamar sirve y que si bien, en este tipo de locales no se cobra por el estacionamiento, éste es parte del servicio que presta la empresa a sus clientes y por lo tanto es igualmente responsable de tomar todas las medidas necesarias para evitar robos o daños.
Por otra parte, reafirma que los letreros en los que las empresas se desentienden anticipadamente de su responsabilidad no tienen validez y éstas deben responder cuando no hacen bien su trabajo.

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