SERNAC INFORMA SOBRE FALLOS JUDICIALES REGION DE LOS LAGOS POR ROBOS EN ESTACIONAMIENTOS
Recientes fallos ratifican este criterio:
LOS CONSUMIDORES TIENEN DERECHO A LA SEGURIDAD EN LOS ESTACIONAMIENTOS
- El SERNAC indica que las empresas que pongan a
disposición de los consumidores este tipo de servicio, ya sean pagados o
gratuitos, deben responder en caso de robo o daño al vehículo.
Recientes sentencias judiciales dictadas por los
tribunales de la Región de Los Lagos ratifican el criterio establecido por el
SERNAC en cuanto a que ante robos y/o daños de vehículos ocurridos en
estacionamientos, ya sean pagados o gratuitos, las empresas deben responder.
Así le sucedió a una consumidora, profesora de
profesión, quien dejó su vehículo estacionado durante una hora y media en la
empresa Central Parking mientras realizaba algunos trámites personales.
Al regresar, se percató que desconocidos habían
forzado la chapa y extraído una serie de bienes desde el maletero.
Tras reclamar, la empresa no reparó los daños sufridos
por la consumidora, y sólo ofreció ingresar una queja en el libro de reclamos para
dar respuesta en 3 o 4 meses, la que finalmente no se concretó.
Un caso similar le ocurrió a un ingeniero
puertomontino, quien concurrió al supermercado Jumbo de la capital regional a
realizar unas compras. Al retirarse, alrededor de 40 minutos después, se
encontró con que su automóvil había sido abierto y sustraídas desde el interior
algunas pertenencias.
Tras solicitar una respuesta, el administrador del
supermercado le indicó que ellos no se hacían responsables ante robos y hurtos
ocurridos en el estacionamiento, pues era responsabilidad de cada persona velar
por sus bienes.
En ambos casos, y tras recurrir a los tribunales, la
Justicia les dio la razón a los consumidores.
En el caso de la profesora, la justicia determinó que
Central Parking infringió la Ley del Consumidor al ser negligente, ya que las
medidas de seguridad tomadas fueron deficientes o ineficaces a la hora de
impedir el delito, pues “dichos estacionamientos cuentan con guardias de
seguridad y cámara de vigilancia que deberían custodiar los vehículos y no se
percataron del hecho, ya que o no se encontraban rondando en el sector, o estos
medios eran insuficientes para cubrir todo el estacionamiento.”
La empresa fue condenada al pago de una indemnización
de $800 mil por daño moral, más $123 mil por daño directo. Además, le aplicó
una multa de 30 U.T.M. (cerca de 1 millón 270 mil).
En el caso del ingeniero, el tribunal condenó a Jumbo
al pago de una indemnización de $48 mil relativo al valor de la chapa; y $50
mil por el daño moral. También le aplicó una multa de 5 U.T.M. (cerca de $212
mil).
El Director Regional (PT) del SERNAC, Marco Cid,
explica que estas sentencias judiciales ratifican una vez más postura del
Servicio en cuanto a que las empresas que proveen servicios, para los que
disponen de estacionamientos, ya sean pagados
o gratuitos, no pueden quedar exentos de
responsabilidad en caso de robo o daño al vehículo.
La autoridad regional recalca que los carteles en los
que la empresa dicen no hacerse responsable de daños, robos o hurtos, no tienen
valor.
Cuando una empresa no hace bien su trabajo, debe
responder frente al consumidor o ante los Tribunales de Justicia. En ellos, los
consumidores tendrán derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños
causados, tanto materiales como morales.
Finalmente Cid añade que si un consumidor sufre el
robo de su vehículo desde un estacionamiento, lo primero que debe hacer es
dejar constancia de lo ocurrido en Carabineros de Chile, y a los testigos del
hecho pedir el nombre completo, oficio y domicilio. Estos antecedentes le
servirán para el cobro de eventuales seguros, o de prueba si decide iniciar
acciones legales.
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