Diputados: Buscan precisar plazos de inscripción de concesiones mineras
Buscan precisar plazos de inscripción de concesiones mineras
Publicado el 30 de marzo del 2016
El texto presentado por el diputado Jorge Tarud busca una precisión en la norma, con el objetivo que el plazo se compute desde que el decreto o sentencia se encuentre ejecutoriada.
El proyecto presentado por el diputado PPD Jorge Tarud modifica el Código de Minería respecto del plazo para inscribir la sentencia constitutiva de una concesión minera.
La iniciativa parte por reconocer que el ordenamiento jurídico chileno le otorga gran importancia a la exploración y explotación de minerales, facultando a cualquier individuo para solicitar una concesión minera.
Entre los requisitos establecidos para ejercer esta facultad se señala un plazo de 120 días, desde la fecha de la sentencia, para inscribir la concesión en el Conservador de Bienes Raíces, bajo el riesgo de que esta deje de surtir efectos y, por ende, la concesión o concesiones caduquen.
Sin embargo, el diputado Tarud estima que, si bien el tiempo para cumplir el trámie es correcto, se incurre en un error al computar dicho plazo desde la sentencia o decreto y no desde que estos se encuentran firmes y ejecutoriados, principio preponderante en nuestro ordenamiento jurídico.
Al respecto, recalca que "para que una resolución produzca sus efectos, esta debe ser notificada a las partes". Dicho principio, agrega el legislador, "no es antojadizo" toda vez que la notificación es una comunicación formal de la resolución y constituye una garantía para el particular.
Añade que, en caso contrario, podría caerse en el absurdo que se cumpla un plazo sin que el sujeto tenga conocimiento de aquello.
La inciativa, identificada con el Boletín 10569, fue remitida para su debate a la Comisión de Minería.
Publicado el 30 de marzo del 2016
El texto presentado por el diputado Jorge Tarud busca una precisión en la norma, con el objetivo que el plazo se compute desde que el decreto o sentencia se encuentre ejecutoriada.
El proyecto presentado por el diputado PPD Jorge Tarud modifica el Código de Minería respecto del plazo para inscribir la sentencia constitutiva de una concesión minera.
La iniciativa parte por reconocer que el ordenamiento jurídico chileno le otorga gran importancia a la exploración y explotación de minerales, facultando a cualquier individuo para solicitar una concesión minera.
Entre los requisitos establecidos para ejercer esta facultad se señala un plazo de 120 días, desde la fecha de la sentencia, para inscribir la concesión en el Conservador de Bienes Raíces, bajo el riesgo de que esta deje de surtir efectos y, por ende, la concesión o concesiones caduquen.
Sin embargo, el diputado Tarud estima que, si bien el tiempo para cumplir el trámie es correcto, se incurre en un error al computar dicho plazo desde la sentencia o decreto y no desde que estos se encuentran firmes y ejecutoriados, principio preponderante en nuestro ordenamiento jurídico.
Al respecto, recalca que "para que una resolución produzca sus efectos, esta debe ser notificada a las partes". Dicho principio, agrega el legislador, "no es antojadizo" toda vez que la notificación es una comunicación formal de la resolución y constituye una garantía para el particular.
Añade que, en caso contrario, podría caerse en el absurdo que se cumpla un plazo sin que el sujeto tenga conocimiento de aquello.
La inciativa, identificada con el Boletín 10569, fue remitida para su debate a la Comisión de Minería.
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