Senado: Cambios a agentes del mercado: proyecto quedó listo para la Sala pero se anticipa Comisión Mixta

 


El proyecto pretende aumentar la protección a los inversionistas minoritarios, la transparencia en el mercado de valores y la fiscalización sobre entidades que ofrecen productos y servicios de inversión.

31 de diciembre de 2020

 

Listo para ser estudiado en una próxima Sesión Ordinaria, quedó el proyecto, en tercer trámite, que establece nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados.

 

La propuesta iniciada en mensaje, se encuentra en tercer trámite y dada la gran cantidad de materias que contempla fue analizada por los integrantes de la Comisión de Hacienda en sesiones sucesivas. En éstas se escucharon a diversos actores vinculados al mundo bancario, de compañías de seguros y de valores, de las AFP, académicos y centros de estudio.

 

En la última de estas jornadas, la instancia se abocó a estudiar los últimos cambios introducidos por la Cámara Baja en su segundo trámite, aprobando algunos y rechazando otros. En la oportunidad, los senadores integrantes de la instancia no descartaron que finalmente, la norma deba zanjarse en una Comisión Mixta.

 

En esa línea, algunas de las materias que fueron rechazadas por la instancia y que deberían resolverse en una instancia mixta son las siguientes:

 

Asesorías de Inversión

 

  • La Comisión de Hacienda del Senado propuso reponer el siguiente texto eliminado por los diputados y diputadas: “sufrirán las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados, quienes presten asesorías de inversión de manera habitual sin estar previamente inscritos en el Registro o cuya inscripción hubiere sido suspendida o cancelada. Por su parte, sufrirán la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, los que, con el objeto de inducir a error, difundan información falsa o tendenciosa, aun cuando no persigan con ello obtener ventajas para sí o terceros”.

 

Asesoría Previsional

 

  • Se propuso rechazar el siguiente texto introducido en la Cámara Baja: “se entenderá también por asesoría previsional, las recomendaciones no personalizadas dirigidas, por cualquier medio, a afiliados, beneficiarios o pensionados del Sistema o a grupos específicos de aquellos, respecto de las citadas materias, incluidas las transferencias entre tipos de Fondos de Pensiones”.

 

  • Plantea reponer lo eliminado en la Cámara. La redacción era la siguiente: “las Entidades de Asesoría Previsional y los Asesores Previsionales deberán acreditar ante la Superintendencia de Pensiones la constitución de una garantía, mediante boleta de garantía bancaria o la contratación de una póliza de seguros que al efecto autorice la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), para responder del correcto y cabal cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de su actividad y, especialmente, de los perjuicios que puedan ocasionar a los afiliados o beneficiarios que contraten sus servicios de asesoría previsional. La garantía (…) no podrá ser menor a 500 unidades de fomento, ni mayor a 60.000 unidades de fomento”.

 

Compañías de seguros

 

  • Se solicita eliminar lo agregado por los diputados y diputadas: “créase un sistema de consulta de seguros, digital, interconectado en tiempo real y automático, de acceso remoto y gratuito, que será administrado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y que se regirá por las disposiciones de esta ley y la normativa que se dicte para su implementación. Dicho sistema entregará información sobre los contratos de seguros a quienes tengan la calidad de contratante o asegurado en ellos y, en caso de fallecimiento o incapacidad judicialmente declarada, a quien demuestre un interés legítimo en acceder a dicha información. En este último caso, se entenderá que tienen interés legítimo quienes acrediten tener la calidad de cónyuge, hijos, padres o la calidad de herederos de dicho contratante o asegurado”.

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