España: Las pruebas de esfuerzo deben ser siempre realizadas bajo supervisión médica
La Federación Española de Medicina del Deporte y la Organización Médica Colegial (OMC) han emitido un comunicado en el que alertan a toda la población, y en especial a los deportistas y profesionales relacionados con el deporte, de los riesgos que supone la realización en laboratorio, por personal no médico, de pruebas de esfuerzo, ante la imposibilidad de reconocer y de tratar de forma inmediata, las complicaciones que pudieran surgir en el transcurso de las mismas.
Surge este comunicado como respuesta ante el aumento que se viene observando de pruebas de esfuerzo a deportistas y a la población general realizadas por profesionales no médicos y recuerdan por ello que “una prueba de esfuerzo es una prueba diagnóstica que tiene unas indicaciones, unas contraindicaciones, un riesgo de complicaciones y unas causas para su detección aceptadas internacionalmente”.
Por otra parte, para la realización de pruebas de esfuerzo en laboratorio se utilizan equipos (ergómetros, analizadores de gases, electrocardiógrafos, etc.) que se encuentran catalogados como “producto sanitario”, lo que implica la obligatoriedad de su manejo por personal sanitario cualificado.
En consecuencia recuerdan que se necesita la valoración de un médico con la formación adecuada, siendo una grave irresponsabilidad que un profesional no cualificado realice este tipo de pruebas, aparte de tratarse de un caso de intrusismo profesional.
Con relación a la posible aparición de complicaciones, señalan que precisamente los riesgos derivados de una prueba de esfuerzo hacen que las compañías de seguros las sitúen en el nivel de máximo riesgo (junto con la cirugía cardiovascular, la neurocirugía, etc.) a la hora de suscribir un seguro de responsabilidad civil a los profesionales que las realizan.
Además, en nuestro país existen una serie de normas que determinan los requisitos necesarios que deben cumplir los centros deportivos en los que se realicen pruebas de valoración funcional, y entre ellas se encuentra siempre la necesidad de un médico especialista en Medicina del Deporte. Sólo estos profesionales poseen el conocimiento de las indicaciones y contraindicaciones de las referidas pruebas, de la fisiología básica del ejercicio, de los principios de interpretación y de los procedimientos de urgencia.
En el caso concreto de nuestro país, y en aplicación de la Ley de Protección de la salud y la lucha contra el dopaje, las pruebas de esfuerzo están incorporadas a la tarjeta sanitaria del deportista y, por tanto, forman parte de su historial médico. Esto significa que sólo pueden ser realizadas por (o bajo la supervisión de) un médico y además dicha información queda amparada por el secreto profesional.
La Federación Española de Medicina del Deporte y la Organización Médica Colegial (OMC) recuerdan, por tanto, a toda la población que las pruebas de esfuerzo en laboratorio deben ser realizadas siempre por un médico o ante la presencia de un médico que posea la formación adecuada (especialista en Medicina del Deporte, Cardiología o Neumología) y siempre con los medios necesarios para atender de forma inmediata cualquier complicación que pudiera surgir.
fuente: http://www.azprensa.com
Surge este comunicado como respuesta ante el aumento que se viene observando de pruebas de esfuerzo a deportistas y a la población general realizadas por profesionales no médicos y recuerdan por ello que “una prueba de esfuerzo es una prueba diagnóstica que tiene unas indicaciones, unas contraindicaciones, un riesgo de complicaciones y unas causas para su detección aceptadas internacionalmente”.
Por otra parte, para la realización de pruebas de esfuerzo en laboratorio se utilizan equipos (ergómetros, analizadores de gases, electrocardiógrafos, etc.) que se encuentran catalogados como “producto sanitario”, lo que implica la obligatoriedad de su manejo por personal sanitario cualificado.
En consecuencia recuerdan que se necesita la valoración de un médico con la formación adecuada, siendo una grave irresponsabilidad que un profesional no cualificado realice este tipo de pruebas, aparte de tratarse de un caso de intrusismo profesional.
Con relación a la posible aparición de complicaciones, señalan que precisamente los riesgos derivados de una prueba de esfuerzo hacen que las compañías de seguros las sitúen en el nivel de máximo riesgo (junto con la cirugía cardiovascular, la neurocirugía, etc.) a la hora de suscribir un seguro de responsabilidad civil a los profesionales que las realizan.
Además, en nuestro país existen una serie de normas que determinan los requisitos necesarios que deben cumplir los centros deportivos en los que se realicen pruebas de valoración funcional, y entre ellas se encuentra siempre la necesidad de un médico especialista en Medicina del Deporte. Sólo estos profesionales poseen el conocimiento de las indicaciones y contraindicaciones de las referidas pruebas, de la fisiología básica del ejercicio, de los principios de interpretación y de los procedimientos de urgencia.
En el caso concreto de nuestro país, y en aplicación de la Ley de Protección de la salud y la lucha contra el dopaje, las pruebas de esfuerzo están incorporadas a la tarjeta sanitaria del deportista y, por tanto, forman parte de su historial médico. Esto significa que sólo pueden ser realizadas por (o bajo la supervisión de) un médico y además dicha información queda amparada por el secreto profesional.
La Federación Española de Medicina del Deporte y la Organización Médica Colegial (OMC) recuerdan, por tanto, a toda la población que las pruebas de esfuerzo en laboratorio deben ser realizadas siempre por un médico o ante la presencia de un médico que posea la formación adecuada (especialista en Medicina del Deporte, Cardiología o Neumología) y siempre con los medios necesarios para atender de forma inmediata cualquier complicación que pudiera surgir.
fuente: http://www.azprensa.com
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