Diputados: Aprobado en general proyecto que extiende franquicia tributaria de sistemas solares térmicos. La iniciativa busca que la Empresa Nacional del Petróleo se transforme en un actor relevante en materia energética mediante la ampliación de su objeto social a actividades relacionadas con la energía eléctrica en materias de generación eléctrica
Aprobado en general proyecto que extiende franquicia tributaria de sistemas solares térmicos
Publicado el 01 de abril del 2015
La iniciativa retornó en comisiones para el análisis en particular del articulado y sus indicaciones.
La Cámara de Diputados aprobó, con 102 votos, el proyecto (boletín 9628) que modifica la ley N° 20.365, que Establece Franquicia Tributaria respecto de Sistemas Solares Térmicos; la ley General de Servicios Eléctricos y la ley que Crea la Enap. El texto fue informado a la Sala por los diputados Jorge Insunza, de la Comisión de Minería, y Enrique Jaramillo, de la Comisión de Hacienda.
La iniciativa extiende la vigencia de la franquicia tributaria para la maduración del mercado de Sistemas Solares Térmicos (SST); perfecciona el modelo anterior, modificando la escala del beneficio y promoviendo la sostenibilidad de los proyectos por al menos 5 años; y promueve el impacto de estos proyectos dentro de la población más vulnerable, en forma consistente con los objetivos de equidad.
La renovación de la franquicia tributaria de la Ley 20.365 se hará efectiva entre los años 2015 a 2019, modificándose la escala del beneficio: viviendas con un valor inferior a las 2000 UF, 100% (mantiene la norma vigente al respecto); entre las 2000 UF y menos o igual a las 3000 UF, se aplica un porcentaje decreciente desde 100% a 0% a medida que sube el costo de la vivienda.
Además, el proyecto mantiene la idea que el beneficio tributario podrá cubrir todo o parte del costo del SST más el costo de instalación y agrega que se puede cubrir el costo de un programa de mantención por 5 años (para lo que hay un incremento de los valores topes en 3 UF respecto del valor vigente el año 2013, para el caso de SST unifamiliar). Adicionalmente, elimina la inspección gratuita para SST y establece el requerimiento de un contrato de mantención del SST por 5 años, como requisito habilitante para acceder al beneficio.
El segundo mecanismo contemplado en esta ley es un subsidio directo para financiar la instalación de SST en viviendas nuevas subsidiadas por el Estado. Con el subsidio se podrá financiar todo o parte del valor del SST, su instalación, refuerzo de techumbre y programa de mantención por 5 años. Además, se establece el requerimiento de un contrato de mantención del SST por 5 años, como requisito habilitante para acceder al beneficio.
Adicionalmente, el proyecto incluye una modificación a la Ley General de Servicios Eléctricos por la que se hace extensivo al concesionario oneroso del Ministerio de Bienes Nacionales de terrenos donde se desarrolla un proyecto de generación de energías renovables no convencionales (ERNC), así como a sus líneas de transmisión y caminos de acceso, de la caución necesaria para responder de la demolición de la obra o de la indemnización de los perjuicios que, de continuarse, pudieran seguirse al contendor en tales juicios (la norma, ya aplicable a otras fuentes, tiene por objeto hacerse cargo de la creciente conflictividad y oposición de concesiones eléctricas, con el consecuente retraso en las obras en materia energética).
Participación de Enap en materia energética
La iniciativa busca que la Empresa Nacional del Petróleo se transforme en un actor relevante en materia energética mediante la ampliación de su objeto social a actividades relacionadas con la energía eléctrica en materias de generación eléctrica, para que pueda participar a través de sociedades en el ámbito de acción señalado.
Para ello, se establece que Enap y/o sus filiales o coligadas podrá participar, a través de sociedades en que tenga una participación superior al 50% del capital social, en actividades relacionadas con la energía geotérmica o la generación de energía eléctrica.
Publicado el 01 de abril del 2015
La iniciativa retornó en comisiones para el análisis en particular del articulado y sus indicaciones.
La Cámara de Diputados aprobó, con 102 votos, el proyecto (boletín 9628) que modifica la ley N° 20.365, que Establece Franquicia Tributaria respecto de Sistemas Solares Térmicos; la ley General de Servicios Eléctricos y la ley que Crea la Enap. El texto fue informado a la Sala por los diputados Jorge Insunza, de la Comisión de Minería, y Enrique Jaramillo, de la Comisión de Hacienda.
La iniciativa extiende la vigencia de la franquicia tributaria para la maduración del mercado de Sistemas Solares Térmicos (SST); perfecciona el modelo anterior, modificando la escala del beneficio y promoviendo la sostenibilidad de los proyectos por al menos 5 años; y promueve el impacto de estos proyectos dentro de la población más vulnerable, en forma consistente con los objetivos de equidad.
La renovación de la franquicia tributaria de la Ley 20.365 se hará efectiva entre los años 2015 a 2019, modificándose la escala del beneficio: viviendas con un valor inferior a las 2000 UF, 100% (mantiene la norma vigente al respecto); entre las 2000 UF y menos o igual a las 3000 UF, se aplica un porcentaje decreciente desde 100% a 0% a medida que sube el costo de la vivienda.
Además, el proyecto mantiene la idea que el beneficio tributario podrá cubrir todo o parte del costo del SST más el costo de instalación y agrega que se puede cubrir el costo de un programa de mantención por 5 años (para lo que hay un incremento de los valores topes en 3 UF respecto del valor vigente el año 2013, para el caso de SST unifamiliar). Adicionalmente, elimina la inspección gratuita para SST y establece el requerimiento de un contrato de mantención del SST por 5 años, como requisito habilitante para acceder al beneficio.
El segundo mecanismo contemplado en esta ley es un subsidio directo para financiar la instalación de SST en viviendas nuevas subsidiadas por el Estado. Con el subsidio se podrá financiar todo o parte del valor del SST, su instalación, refuerzo de techumbre y programa de mantención por 5 años. Además, se establece el requerimiento de un contrato de mantención del SST por 5 años, como requisito habilitante para acceder al beneficio.
Adicionalmente, el proyecto incluye una modificación a la Ley General de Servicios Eléctricos por la que se hace extensivo al concesionario oneroso del Ministerio de Bienes Nacionales de terrenos donde se desarrolla un proyecto de generación de energías renovables no convencionales (ERNC), así como a sus líneas de transmisión y caminos de acceso, de la caución necesaria para responder de la demolición de la obra o de la indemnización de los perjuicios que, de continuarse, pudieran seguirse al contendor en tales juicios (la norma, ya aplicable a otras fuentes, tiene por objeto hacerse cargo de la creciente conflictividad y oposición de concesiones eléctricas, con el consecuente retraso en las obras en materia energética).
Participación de Enap en materia energética
La iniciativa busca que la Empresa Nacional del Petróleo se transforme en un actor relevante en materia energética mediante la ampliación de su objeto social a actividades relacionadas con la energía eléctrica en materias de generación eléctrica, para que pueda participar a través de sociedades en el ámbito de acción señalado.
Para ello, se establece que Enap y/o sus filiales o coligadas podrá participar, a través de sociedades en que tenga una participación superior al 50% del capital social, en actividades relacionadas con la energía geotérmica o la generación de energía eléctrica.
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