Parlamentarios RN proponen instalar dispositivo en buses interurbanos para prevenir la somnolencia de conductores

Parlamentarios RN proponen instalar dispositivo en buses interurbanos para prevenir la somnolencia de conductores
Publicado el 30 de marzo del 2011

Dado que la somnolencia de los conductores de estos buses es una de las principales causas de accidentes de tránsito en las carreteras, el proyecto propone la instalación de este dispositivo en los buses, el que emitirá un sonido cada vez que el conductor se esté quedando dormido.

El texto legal que será analizado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, fue presentado por los diputados RN, Alberto Cardemil, José Manuel Edwards, Joaquín Godoy, Leopoldo Pérez, Marcela Sabat, Alejandro Santana y Germán Verdugo, y el independiente, Roberto Delmastro.

Los parlamentarios señalan en el proyecto (boletín 7475) que cada vez que sucede un lamentable accidente en nuestras carreteras, la opinión pública se conmueve. Estos hechos son frecuentes en las vías interurbanas de nuestro país y en múltiples ocasiones provocados por el estado de cansancio presentado por los conductores que tienen jornadas de trabajo extenuantes que en algunas ocasiones les impiden mantenerse despiertos.

La legislación se ha encargado de regular la jornada de los choferes y auxiliares de los servicios de transporte a través de la Ley Nº 20.271 o la Resolución 1213 Exenta de la Dirección del Trabajo. Sin embargo, y aún con la fiscalización existente, nada impide efectivamente y en todo momento que el conductor pueda caer en estados de somnolencia.

Por ello, una manera de evitar accidentes carreteros -señalan los autores de la moción- es la implementación obligatoria de un dispositivo tecnológico de sonido que evite lo anterior y despierte al conductor. Este dispositivo se encuentra hoy en el mercado, por lo que es una iniciativa factible de implementar en la práctica.

En virtud de lo anterior, se dispone que durante el desempeño de su labor, el chofer o conductor de la locomoción colectiva interurbana y de servicios interurbanos de transportes de pasajeros, deberá utilizar un dispositivo de sonido que active una alarma cada vez que el conductor parezca haber caído en un estado de somnolencia.

La certificación y fiscalización del uso de este dispositivo corresponderá al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según el reglamento que dicte tal organismo para este efecto.

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