Diputados: Despachan a la Sala ley que impone “tolerancia cero” al manejo bajo influencia del alcohol o estado de ebriedad

Diputados: Despachan a la Sala ley que impone “tolerancia cero” al manejo bajo influencia del alcohol o estado de ebriedad
Publicado el 31 de agosto del 2011

La Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados concluyó anoche su trabajo aprobando las propuestas de la subcomisión creada en la instancia para definir algunos de los artículos que fueron objeto de indicaciones.

Con un amplio consenso interno, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados terminó anoche de aprobar el articulado del proyecto del Ejecutivo (boletín 7652) que impone “tolerancia cero” al manejo bajo influencia del alcohol o estado de ebriedad, quedando la iniciativa en condiciones de ser vista por la Sala.

Si bien la instancia ya había resuelto en una sesión anterior uno de los temas más complejos, cual es la definición del gramaje de alcohol límite para cursar una infracción (se redujo de 0,5 a 0,3 la norma que define la conducción bajo la influencia del alcohol, en tanto que será considerado manejar en estado de ebriedad cuando la persona registre 0,8 gramos de alcohol en la sangre y no 1 gramo, como está establecido hoy), aún restaban varias materias importantes, como la fijación de las sanciones, materias que habían sido objeto de numerosas indicaciones.

Para facilitar un acuerdo, se definió una subcomisión que analizó el conjunto de propuestas parlamentarias, a la luz de la ley actual y del proyecto del Ejecutivo, consensuándose la mayor parte de las materias por esta vía.

Uno de los puntos que requirió mayor debate durante la sesión fue el de las sanciones. En este ámbito, prosperó una indicación del diputado Fidel Espinoza (PS) que establece que el conductor que hubiere sido condenado a las penas de suspensión o inhabilitación perpetuas, para conducir vehículos de tracción mecánica o animal, y fuere sorprendido conduciendo un vehículo durante la vigencia de la sanción, será castigado con prisión en su grado máximo y multa de hasta diez UTM.

La propuesta indica, además, que si los infractores a esta ley carecen de licencia de conducir o que, teniéndola, ésta hubiese sido cancelada o suspendida, el tribunal deberá aumentar la pena en un grado.

Satisfacción

El presidente de la Comisión, diputado Gustavo Hasbún (UDI), manifestó su satisfacción por el contundente respaldo a la iniciativa por parte de parlamentarios de todos los sectores y destacó que la ley “viene a llenar un vacío legal importante, que se producía en muchos casos donde las víctimas miraban con total desazón como los culpables de accidentes que dejaban gravemente herido o le quitaban la vida a algún familiar, recibían sanciones muy bajas y con un manto de total impunidad”.

“Ahora, con algunas de las indicaciones que presenté y que fueron aprobadas, se va a caducar la licencia de un conductor que cause lesiones graves o la muerte; y para los casos de fallecimiento de la víctima, la pena ya no será de tres años sino que aumentará a 15 años, entre otras sanciones que hemos propuesto”, indicó Hasbún.

Resaltó que, si se hubiese tenido una legislación dura como la que se aprobó ahora, el culpable del accidente de Kevin Silva no estaría recibiendo entre uno o dos años de suspensión de licencia, sino que se le quitaría su permiso de conducir de por vida y estaría con posibilidades de recibir una pena de cárcel efectiva por el enorme daño que le causó a un niño que tenía todo un futuro por delante.

Asimismo, planteó que, en el caso de Verónica Selman, quien perdió a su esposo e hija de cuatro años, por un irresponsable que manejaba en estado de ebriedad; el autor del hecho estaría, a los menos, un par de años en la cárcel en forma efectiva junto con saber de que nunca más en su vida volvería a tomar un vehículo para conducir, después de haber causado un daño inimaginable e incuantificable a una familia

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