Ministro de la Corte Suprema, Diego Simpertigue, es destituido de su cargo

 Ministro de la Corte Suprema, Diego Simpertigue, es destituido de su cargo

La comisión designada por la Cámara de Diputados formalizó ante el Senado la acusación constitucional contra Diego Simpertigue, quien quedó desituido y no podrá ejercer ninguna función pública por cinco años.


Publicada: 22 diciembre 2025



Por notable abandono de deberes, el Senado aprobó dos de los tres capítulos de la acusación constitucional deducida por la Cámara de Diputadas y Diputados en contra del ministro de la Corte Suprema, Diego Simpertigue.


El Senado aprobó el primer capítulo por 43 votos a favor. El segundo, en tanto, se rechazó por 18 votos a favor, 3 en contra y 19 en abstenciones. Y, finalmente, el tercer capítulo obtuvo 33 votos afirmativos, 1 negativo y 6 abstenciones.


Con esta decisión, y tal como lo dispone el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, el magistrado del máximo tribunal queda destituido de su cargo. Adicionalmente, Simpertigue no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, por un período de cinco años.


Cabe recordar que el exministro estaba actualmente suspendido de su cargo por decisión de la Corte Suprema que abrió un sumario por posibles faltas a la probidad. Asimismo, en la investigación penal de la llamada trama bielorrusa, que lleva adelante el Ministerio Público, está en calidad de imputado por posibles delitos de corrupción.


Exposición ante el Senado: etapa de alegatos

En conformidad con la decisión unánime de la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, que declaró ha lugar la acusación constitucional presentada contra el ministro de Diego Simpertigue, la Cámara mandató a una comisión para formalizar y sostener la acusación ante el Senado.


Esta quedó integrada por la diputada Carolina Tello y los diputados Daniel Manouchehri y Jorge Rathgeb. Tras la relación de la acusación, realizada por el Secretario General, Raúl Guzmán, en la sesión convocada por el Senado para analizar la acusación constitucional, los parlamentarios expusieron los argumentos del libelo.


Posteriormente, expuso la defensa del magistrado, a cargo de los abogados Juan Carlos Manríquez y Felipe Lizama.


Sostienen acusación constitucional contra Simpertigue

Rathgeb: independencia judicial como garantía del debido proceso

En su presentación, el diputado Jorge Rathgeb puso el foco en el principio de independencia judicial como una garantía básica del debido proceso. Señaló que el Estado debe resguardar la dignidad de la judicatura para asegurar imparcialidad, independencia y objetividad y que los hechos descritos en el libelo evidencian conductas que colisionan con esos estándares.


En ese marco, sostuvo que el obrar atribuido al ministro configura la causal de notable abandono de deberes, prevista constitucionalmente.


Sostienen acusación constitucional contra Simpertigue

Tello: “una herramienta extrema” para resguardar legitimidad institucional

A su turno, la diputada Carolina Tello planteó que se trata de un momento institucional complejo y que la acusación constitucional es un instrumento excepcional, reservado para situaciones graves. Recalcó que, cuando el juicio recae sobre un ministro de la Corte Suprema, el estándar exigible es el más alto. También vinculó el debate con la crisis de confianza en las instituciones, señalando que este control busca defender la legitimidad del sistema de justicia y que “mirar para el lado” agrava el daño.


En cuanto al fondo, indicó que la acusación se sustenta en la causal de notable abandono de deberes y en hechos específicos, mencionando un caso inmobiliario, un viaje por Europa y la existencia de vínculos personales previos. A su juicio, la omisión de inhabilitarse e informar oportunamente una relación relevante es un punto central y el estándar constitucional no se limita a la prueba de un delito, sino a evaluar la compatibilidad de la conducta con los deberes del cargo.


Sostienen acusación constitucional contra Simpertigue

Manouchehri: capítulos del libelo y “sentido común” sobre las faltas

El diputado Daniel Manouchehri sostuvo que Chile enfrenta una crisis profunda de confianza en las instituciones y en la justicia, y que la acusación se apoya en antecedentes que permiten apreciar el notable abandono de deberes. En línea con lo ya expuesto cuando el libelo se revisó en la Cámara, reiteró que la acusación apunta a que la justicia no puede operar mediante lógicas de amistad, favores o redes, y que se cuestionan viajes y pagos asociados a abogados mencionados en el proceso.


En su desglose, abordó los tres capítulos de la acusación constitucional contra Simpertigue:


Capítulo 1 (“Muñeca bielorrusa” / Belaz Movitec – litigio con Codelco): se refirió a una decisión judicial vinculada a abogados cercanos y a un crucero posterior, enfatizando el impacto en probidad e imparcialidad.

Capítulo 2 (nombramiento notarial): planteó la relevancia de los vínculos y del deber de abstención ante potenciales conflictos de interés, en el caso de la terna para notario que integró la pareja de su hijastra.

Capítulo 3 (caso Fundamenta / EcoEgaña): describió un patrón de relación impropia y cuestionamientos sobre pagos y respaldos de pasajes, sosteniendo que ello afectaría la confianza pública.

Qué se evalúa: notable abandono de deberes y deber de abstención

Recordemos que el libelo aprobado por la Cámara imputó faltas a los deberes de probidad, abstención e imparcialidad. Asimismo, sostuvo que la participación en causas con vínculos personales relevantes con representantes de las partes habría comprometido la confianza pública en la judicatura.


En los fundamentos del voto, las y los senadores coincidieron en representar que no transparentar sus vínculos, viajar con abogados que eran parte de las causas y no inhabilitarse son el punto central del notable abandono de deberes. Agregaron que no es coherente este comportamiento con el estándar que deben cumplir todos los jueces, y con mayor razón un juez del máximo tribunal del país.


Se recalcó que esta conducta daña la confianza pública y pone en entredicho el deber de imparcialidad que se espera de quienes tienen el deber de impartir justicia.



Fuente: Cámara de Diputados



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