diputados: Reforma constitucional modifica requisitos para ser integrante del Tribunal Calificador de Elecciones


       

Publicado el 28 de marzo del 2013
La moción, ingresada a trámite por diputados de diversas colectividades políticas, busca superar una traba presente hoy para los ex diputados que ejercieron funciones en la mesa de la Corporación.
Reconociendo una falencia normativa en el actual sistema, un grupo transversal de diputados, encabezados por Edmundo Eluchans (UDI), presentó una reforma constitucional (boletín 8855) que modifica requisitos para ser integrante del Tribunal Calificador de Elecciones.

La iniciativa, destinada a la Comisión de Constitución para su análisis, fue ingresada el 21 de marzo pasado por el diputado Eluchans junto a sus compañeros de bancada Giovanni Calderón, Marisol Turres, Arturo Squella y Felipe Ward y a los diputados PRI Pedro Araya; RN Alberto Cardemil; PPD Felipe Harboe ; y DC Jorge Burgos y Pablo Lorenzini.

Los legisladores explicaron que la Constitución establece hoy que uno de los integrantes del Tribunal Calificador de Elecciones será un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado, por un periodo no inferior a los 365 días.

“Los patrocinantes estimamos que la norma constitucional que exige los señalados 365 días de ejercicio en el cargo de presidente y vicepresidentes resulta, en la práctica, injusta y perjudicial para aquellos que desempeñándose, generalmente en el último año, no pueden cumplir con la exigencia constitucional señalada”, plantearon.

Reconocieron que, en el pasado, dichas autoridades duraban por largo tiempo en sus funciones, sin embargo recalcaron que hoy, como una forma de que más personas puedan acceder a dichos cargos, en cada periodo legislativo son cuatro los diputados que se desempeñan como presidentes y ocho los que lo hacen como vicepresidentes, por un tiempo teórico de un año cada uno.

Puntualizaron que la división administrativa se logra a través de la renuncia a los cargos para dar lugar a una nueva elección, proceso que obliga a cumplir determinados tiempos que afectan el período de algunas autoridades, particularmente las del cuarto año, dado que no alcanzan a cumplir los 365 días de ejercicio efectivo.

“Un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado por un período no inferior a once meses continuos, designado por la Corte Suprema en la forma señalada en la letra a) precedente, de entre todos aquellos que reúnan las calidades indicadas.

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