GOBIERNO PONE ÉNFASIS EN REGISTRO DE EMPRESAS TURÍSTICAS
GOBIERNO PONE ÉNFASIS EN REGISTRO DE EMPRESAS TURÍSTICAS
Como
una forma de aumentar el catastro de empresas turísticas de La
Araucanía, el Gobierno, a través de Sernatur, realizó en Temuco una
reunión con encargados de turismo y de rentas y patentes de los 32
municipios de la región.
El objetivo de la instancia fue para dar a conocer los
aspectos fundamentales y relevantes de la Ley de Turismo (20.423). Es
por ello, que funcionarios de Sernatur explicaron el proceso de ingreso a
este verdadero “registro civil del turismo”.
“Esta ley viene a presentar un marco regulatorio con el
fin de sincerar la oferta, regular el desarrollo y mejorar la calidad
de los productos dándoles un piso estandarizado para el crecimiento”,
señaló Alexis Figueroa, inspector de servicios turísticos de Sernatur en
La Araucanía.
A la fecha, hay más de 6 mil 900 prestadores de
servicios turísticos catastrados en todo el país, siendo parte de las
acciones establecidas en el marco del Sistema de Clasificación, Calidad y
Seguridad para quienes ofrezcan servicios turísticos, con el fin de
potenciar el desarrollo y promoción de la actividad turística; elemento
estratégico en el crecimiento del país.
El RNST es una herramienta que permite identificar y
registrar oficialmente las actividades formales que se desarrollan en el
turismo nacional, de manera que en el país pueda contar con servicios
diferenciados según el tipo y clase, como ocurre con los alojamientos
turísticos, las agencias de viajes y el turismo aventura,
transparentando la oferta, contribuyendo a los turistas.
Es por ello que Sernatur aclara que todos aquellos
establecimientos de la industria que ofrezcan servicios de alojamiento o
de turismo aventura deberán estar inscritos antes del 24 de junio de
2013; fecha en que finaliza la actual marcha blanca y comienzan las
inspecciones y fiscalizaciones correspondientes.
“Por ley, los servicios turísticos de alojamiento y de
turismo aventura deben estar registrados antes del 24 de junio”, agregó
Figueroa.
Los servicios de alojamiento y turismo
aventura que no sean parte del catastro del RNST, tras el 24 de junio
del presente año, arriesgan multas entre 5 y 20 UTM, dado que se
encontrarían incumpliendo con la Ley de Turismo, la que establece que el
registro para ambos servicios es obligatorio a partir del 24 de junio
del presente año.
El Gobierno ha puesto especial énfasis en el
desarrollo del turismo del país, debido a los beneficios que contrae la
industria beneficiosa para pequeños y medianos empresarios, para
proyectos innovadores y para todos quienes apuesten por un turismo de
calidad.
Municipios se capacitan
“Para
nosotros era una obligación el estar acá informándonos. Creo que va en
buen propósito de mejorar la calidad de los establecimientos que dan un
servicio turístico y eso va acompañado sin duda de las leyes que lo
respaldan”, destacó Robinson Quezada, funcionario del departamento de
rentas y patentes de la municipalidad de Pucón.
Los encargados de turismo y de rentas y patentes de los
municipios de La Araucanía se capacitaron en los pasos para incorporar a
establecimientos turísticos, de manera de optimar tiempos y, de esta
manera, contribuir con el ingreso de prestadores de servicios turísticos
al catastro oficial de la industria antes del 24 de junio del presente
año.
Para ello podrán subir la documentación correspondiente a la plataforma del Sernatur en el sitio web www.calidadturistica.cl.
“Necesitamos
seguir capacitando a la gente que trabaja en turismo, seguir dando
estas charlas e informando. Cada vez necesitamos estar claros de las
normas, de las reglas, de las leyes, para poder implementarlas y ayudar
en lo que se pueda”, destacó Yasna Quezada, informadora turística en la
Plaza de Armas Aníbal Pinto de la municipalidad de Temuco.
También es posible que un prestador de servicios
turísticos pueda incorporarse al gran catastro de empresas turísticas en
forma autónoma. Para ello existen dos alternativas: registrarse vía
internet en el sitio mencionado, donde el propio prestador debe cargar
los documentos solicitados, a modo de demostrar que ofrece un servicio
formal.
Los documentos necesarios para formalizar la prestación
de servicios turísticos en el caso de persona jurídica son: fotocopia
Rol Comercial (SII), Carpeta Tributaria (SII), documento que acredita la
personería del representante, fotocopia de cédula de identidad y
patente comercial.
En el caso de una persona natural el prestador deberá
fotocopiar su cédula de identidad, ingresas su carpeta Tributaria (SII) y
su patente comercial.
La segunda opción es
registrarse directamente en las oficinas de Sernatur en Manuel Bulnes
590, piso 8 (Edificio Intendencia de La Araucanía), donde podrá ser
asistido a través de la profesional encargada de registro.
Ventajas del registro
Además
de transparentar su oferta, el prestador podrá presente en el catastro
oficial permitirá al prestador de servicios estar presente con
folletería en un lugar destacado en las Oficina de Información Turística
(OIT) que Sernatur tiene a lo largo del país y en las acciones de
promoción, Sernatur recomendará sólo a los servicios formales que forman
parte del Registro Nacional.
En las acciones que Sernatur realice, la institución
recomendará sólo a los servicios formales que forman parte del Registro
Nacional, y a todos aquellos que cuenten con la etapa posterior, pero
voluntaria, la certificación de calidad y la obtención del Sello.
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