GOBIERNO PONE ÉNFASIS EN REGISTRO DE EMPRESAS TURÍSTICAS


GOBIERNO PONE ÉNFASIS EN REGISTRO DE EMPRESAS TURÍSTICAS
 
 
Como una forma de aumentar el catastro de empresas turísticas de La Araucanía, el Gobierno, a través de Sernatur, realizó en Temuco una reunión con encargados de turismo y de rentas y patentes de los 32 municipios de la región.
 
El objetivo de la instancia fue para dar a conocer los aspectos fundamentales y relevantes de la Ley de Turismo (20.423). Es por ello, que funcionarios de Sernatur explicaron el proceso de ingreso a este verdadero “registro civil del turismo”.
 
“Esta ley viene a presentar un marco regulatorio con el fin de sincerar la oferta, regular el desarrollo y mejorar la calidad de los productos dándoles un piso estandarizado para el crecimiento”, señaló Alexis Figueroa, inspector de servicios turísticos de Sernatur en La Araucanía.
 
A la fecha, hay más de 6 mil 900 prestadores de servicios turísticos catastrados en todo el país, siendo parte de las acciones establecidas en el marco del Sistema de Clasificación, Calidad y Seguridad para quienes ofrezcan servicios turísticos, con el fin de potenciar el desarrollo y promoción de la actividad turística; elemento estratégico en el crecimiento del país.
 
El RNST es una herramienta que permite identificar y registrar oficialmente las actividades formales que se desarrollan en el turismo nacional, de manera que en el país pueda contar con servicios diferenciados según el tipo y clase, como ocurre con los alojamientos turísticos, las agencias de viajes y el turismo aventura, transparentando la oferta, contribuyendo a los turistas.
 
Es por ello que Sernatur aclara que todos aquellos establecimientos de la industria que ofrezcan servicios de alojamiento o de turismo aventura deberán estar inscritos antes del 24 de junio de 2013; fecha en que finaliza la actual marcha blanca y comienzan las inspecciones y fiscalizaciones correspondientes.
 
“Por ley, los servicios turísticos de alojamiento y de turismo aventura deben estar registrados antes del 24 de junio”, agregó Figueroa.
 
Los servicios de alojamiento y turismo aventura que no sean parte del catastro del RNST, tras el 24 de junio del presente año, arriesgan multas entre 5 y 20 UTM, dado que se encontrarían incumpliendo con la Ley de Turismo, la que establece que el registro para ambos servicios es obligatorio a partir del 24 de junio del presente año.
  
El Gobierno ha puesto especial énfasis en el desarrollo del turismo del país, debido a los beneficios que contrae la industria beneficiosa para pequeños y medianos empresarios, para proyectos innovadores y para todos quienes apuesten por un turismo de calidad.
 

Municipios se capacitan
 
“Para nosotros era una obligación el estar acá informándonos. Creo que va en buen propósito de mejorar la calidad de los establecimientos que dan un servicio turístico y eso va acompañado sin duda de las leyes que lo respaldan”, destacó Robinson Quezada, funcionario del departamento de rentas y patentes de la municipalidad de Pucón.
 
Los encargados de turismo y de rentas y patentes de los municipios de La Araucanía se capacitaron en los pasos para incorporar a establecimientos turísticos, de manera de optimar tiempos y, de esta manera, contribuir con el ingreso de prestadores de servicios turísticos al catastro oficial de la industria antes del 24 de junio del presente año.
 
Para ello podrán subir la documentación correspondiente a la plataforma del Sernatur en el sitio web www.calidadturistica.cl.
 
“Necesitamos seguir capacitando a la gente que trabaja en turismo, seguir dando estas charlas e informando. Cada vez necesitamos estar claros de las normas, de las reglas, de las leyes, para poder implementarlas y ayudar en lo que se pueda”, destacó Yasna Quezada, informadora turística en la Plaza de Armas Aníbal Pinto de la municipalidad de Temuco.
 
También es posible que un prestador de servicios turísticos pueda incorporarse al gran catastro de empresas turísticas en forma autónoma. Para ello existen dos alternativas: registrarse vía internet en el sitio mencionado, donde el propio prestador debe cargar los documentos solicitados, a modo de demostrar que ofrece un servicio formal.
 
Los documentos necesarios para formalizar la prestación de servicios turísticos en el caso de persona jurídica son: fotocopia Rol Comercial (SII), Carpeta Tributaria (SII), documento que acredita la personería del representante, fotocopia de cédula de identidad y patente comercial.
 
En el caso de una persona natural el prestador deberá fotocopiar su cédula de identidad, ingresas su carpeta Tributaria (SII) y su patente comercial.
   
La segunda opción es registrarse directamente en las oficinas de Sernatur en Manuel Bulnes 590, piso 8 (Edificio Intendencia de La Araucanía), donde podrá ser asistido a través de la profesional encargada de registro.

 
Ventajas del registro
 
Además de transparentar su oferta, el prestador podrá presente en el catastro oficial permitirá al prestador de servicios estar presente con folletería en un lugar destacado en las Oficina de Información Turística (OIT) que Sernatur tiene a lo largo del país y en las acciones de promoción, Sernatur recomendará sólo a los servicios formales que forman parte del Registro Nacional.

En las acciones que Sernatur realice, la institución recomendará sólo a los servicios formales que forman parte del Registro Nacional, y a todos aquellos que cuenten con la etapa posterior, pero voluntaria, la certificación de calidad y la obtención del Sello.

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