Diputados solicitan asignación económica en caso de siniestro que ocasione daños en viviendas sociales
La Sala acordó, por 40 votos a favor a favor y 1 abstención, solicitar a la Presidenta Michelle Bachelet la creación de un ítem especial para la asignación económica de las viviendas sociales que resulten afectadas o destruidas por un siniestro, teniendo en cuenta que actualmente no existe una adecuada protección en este sentido.
El proyecto de acuerdo N° 834, señala que hoy en día en Chile no existe un marco adecuado para proteger a las personas beneficiadas con viviendas sociales entregadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), en caso de siniestros que dañen gravemente sus propiedades o bien, que causen pérdida total, como por ejemplo, incendios estructurales, inundaciones u otros de similares características.
Es por esto que el proyecto de acuerdo considera que en virtud del deber constitucional del Estado de dar protección a la población, es necesario que el Ministerio de Vivienda (MINVU), a través de sus Secretarías Regionales, tenga la capacidad financiera para poder acudir y apoyar en forma oportuna a los usuarios de viviendas sociales afectados por siniestros.
Asimismo, se establece que es necesario que el MINVU, a través de sus Secretarías, pueda disponer llamados extraordinarios a postulación en uno o más de los diversos sistemas de atención habitacional que operan por su intermedio, para atender a las personas que tengan la calidad de damnificados por el siniestro.
El proyecto de acuerdo N° 834, señala que hoy en día en Chile no existe un marco adecuado para proteger a las personas beneficiadas con viviendas sociales entregadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), en caso de siniestros que dañen gravemente sus propiedades o bien, que causen pérdida total, como por ejemplo, incendios estructurales, inundaciones u otros de similares características.
Es por esto que el proyecto de acuerdo considera que en virtud del deber constitucional del Estado de dar protección a la población, es necesario que el Ministerio de Vivienda (MINVU), a través de sus Secretarías Regionales, tenga la capacidad financiera para poder acudir y apoyar en forma oportuna a los usuarios de viviendas sociales afectados por siniestros.
Asimismo, se establece que es necesario que el MINVU, a través de sus Secretarías, pueda disponer llamados extraordinarios a postulación en uno o más de los diversos sistemas de atención habitacional que operan por su intermedio, para atender a las personas que tengan la calidad de damnificados por el siniestro.
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