Proponen acotar a 120 días el plazo para investigar a personas con fuero
La finalidad de la moción de diputados de RN es que los fiscales tengan un plazo definido para formalizar a un parlamentario, evitando que las investigaciones puedan extenderse por años.
La iniciativa (boletín 6087), presentada por los diputados Germán Becker, Mario Bertolino, Roberto Delmastro, Pablo Galilea, René Manuel García, Alfonso Vargas y Germán Verdugo, será estudiada por la Comisión de Constitución.
En los fundamentos, se plantea que el fuero o inmunidad parlamentaria busca garantizar la libertad del legislador en el ejercicio de su función. El objetivo del fuero es la defensa de la institución parlamentaria y no del parlamentario individualmente considerado.
En base a esta figura, los miembros del Poder Legislativo no pueden ser detenidos mientras estén en ejercicio de su mandato, salvo que sean sorprendidos en delito flagrante. Tampoco pueden ser sometidos a proceso sin la respectiva autorización.
En el caso de Chile, la autorización de retiro de la inmunidad está entregada a la Corte de Apelaciones de la jurisdicción respectiva, y se puede apelar ante la Corte Suprema.
Desde el momento en que se declare que ha lugar a formación de causa, el diputado o senador queda suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.
No hay plazo de cierre
Por otro lado, el Código Procesal Penal no establece plazo para el cierre de las investigaciones que realizan los fiscales antes de formalizar, debido a que el Ministerio Público analiza y reúne privadamente los antecedentes necesarios para desechar o formalizar y concluir finalmente en un juicio oral. Esto tiene especial relevancia en los casos de corrupción y drogas.
No obstante, señalan los diputados que las investigaciones preliminares que desarrolla el Ministerio Público en relación a personas con fuero, no son mantenidas en privacidad, sino informadas profusamente por la prensa, lo cual redunda por un lado que la ciudadanía especule con la supuesta culpabilidad del parlamentario, como también que éste se sienta inhibido de desarrollar su funciones legislativas y fiscalizadoras.
Por ello, proponen dar un plazo de 120 días a los fiscales antes de formalizar, en relación a personas que gozan de fuero parlamentario.
La iniciativa (boletín 6087), presentada por los diputados Germán Becker, Mario Bertolino, Roberto Delmastro, Pablo Galilea, René Manuel García, Alfonso Vargas y Germán Verdugo, será estudiada por la Comisión de Constitución.
En los fundamentos, se plantea que el fuero o inmunidad parlamentaria busca garantizar la libertad del legislador en el ejercicio de su función. El objetivo del fuero es la defensa de la institución parlamentaria y no del parlamentario individualmente considerado.
En base a esta figura, los miembros del Poder Legislativo no pueden ser detenidos mientras estén en ejercicio de su mandato, salvo que sean sorprendidos en delito flagrante. Tampoco pueden ser sometidos a proceso sin la respectiva autorización.
En el caso de Chile, la autorización de retiro de la inmunidad está entregada a la Corte de Apelaciones de la jurisdicción respectiva, y se puede apelar ante la Corte Suprema.
Desde el momento en que se declare que ha lugar a formación de causa, el diputado o senador queda suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.
No hay plazo de cierre
Por otro lado, el Código Procesal Penal no establece plazo para el cierre de las investigaciones que realizan los fiscales antes de formalizar, debido a que el Ministerio Público analiza y reúne privadamente los antecedentes necesarios para desechar o formalizar y concluir finalmente en un juicio oral. Esto tiene especial relevancia en los casos de corrupción y drogas.
No obstante, señalan los diputados que las investigaciones preliminares que desarrolla el Ministerio Público en relación a personas con fuero, no son mantenidas en privacidad, sino informadas profusamente por la prensa, lo cual redunda por un lado que la ciudadanía especule con la supuesta culpabilidad del parlamentario, como también que éste se sienta inhibido de desarrollar su funciones legislativas y fiscalizadoras.
Por ello, proponen dar un plazo de 120 días a los fiscales antes de formalizar, en relación a personas que gozan de fuero parlamentario.
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