DIPUTADOS: Ingresa proyecto que prohíbe incorporar en cabina de vehículos pantallas digitales recreacionales que distraigan al conductor

El proyecto de ley busca regular la implementación de las pantallas que emitan imágenes de carácter recreacional en la cabina del conductor, para que así los automovilistas estén atentos a las condiciones del tránsito y disminuyan los accidentes por esta causa.

Los fundamentos de esta moción (boletín 6698) se basan en que así como las normas deben estar acordes con el tiempo en que son aplicables, lo mismo sucede con las infracciones o contravenciones que contemplan estas leyes.

En este marco, la actual Ley de Tránsito, N° 18.290, establece una serie de infracciones que son sancionadas como gravísimas, graves, menos graves o leves. No obstante, como día a día va creciendo el parque automotriz y se van implementando nuevas tecnologías en los vehículos motorizados, es necesario ir incorporando, complementando o derogando, según corresponda, las infracciones o contravenciones de este listado.

A esto, se une el hecho que los accidentes de tránsito por imprudencia de los conductores han ido en aumento, alcanzado a los 25.116 accidentes el año 2008, lo que constituye un 44% de las causas de accidentes.

Con el fin de eliminar de las causas de accidentes, la desconcentración de los conductores, un grupo de diputados ingresó un proyecto de ley que prohíbe el uso de pantallas de cualquier tamaño que emitan imágenes de contenido recreacional en la cabina del piloto de vehículos motorizados, ya que esto atentaría contra su propia seguridad, la de peatones y la de otros vehículos.

La iniciativa legal de los diputados Ramón Farías (PPD), Enrique Accorsi (PPD), Guido Girardi (PPD), Tucapel Jiménez (PPD), Patricio Vallespín (DC) y Adriana Muñoz (PPD) incorpora una modificación al artículo 198 de la Ley de Tránsito.

“La idea no es prohibir a los dueños o conductores de vehículos motorizados la utilización de estos elementos de entretención, pero sí es estrictamente necesario regular la implementación de pantallas que emitan imágenes de carácter recreacional en la cabina del conductor y así contribuir a que los conductores se dediquen exclusivamente a estar atentos a las condiciones del tránsito, tal como lo señala el inciso segundo del artículo 114 de la Ley de Tránsito, lo que también lleva necesariamente a disminuir las cifras de accidentes de tránsito por la causal de imprudencia del conductor”, indican los autores.

El proyecto de ley -que pasó para su análisis a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones- prohíbe la utilización de pantallas recreacionales en el interior de los vehículos, pero no los monitores que sirven de ayuda para la localización de calles o posicionamiento de vehículos, es decir que utilizan tecnología GPS.

Comentarios

Entradas populares de este blog

En Semana Santa se movilizaron cerca de 5 mil toneladas de recursos y productos pesqueros en el país

Sistema frontal: MOP reporta 100 afectaciones a infraestructura pública a nivel nacional

Las 3 banderas de Chile