Diputados: Pretenden introducir marco de regulación para aeronaves sin piloto

 Pretenden introducir marco de regulación para aeronaves sin piloto

Publicado el 28 de agosto del 2015

El empleo de aviones no tripulados o aeronaves sin piloto es un tema que la realidad de la vida cotidiana ha impuesto al derecho, no sólo por sus implicancias sino porque la utilización de este tipo de aeronaves, por ejemplo con armamento, ha generado una gran controversia en la comunidad internacional.

    Haciendo el necesario empalme en la regulación del régimen aeronáutico para actualizar las definiciones y los deberes a que se deben sujetar quienes emplean o explotan aeronaves civiles o del Estado, un grupo transversal de diputados presentó un proyecto de ley (boletín 10256) que pretende introducir un marco de regulación para las aeronaves sin piloto.

    La moción, derivada a la Comisión de Ciencias y Tecnologías para su estudio, fue ingresada por el diputado Juan Luis Castro (PS), junto a los diputados Vlado Mirosevic (IND), Víctor Torres (DC) y Camila Vallejo (PC).

    En el documento, los autores señalan que el empleo de aviones no tripulados o aeronaves sin piloto (drones), es un tema que la realidad de la vida ha impuesto al derecho, no sólo por sus implicancias cotidianas, sino porque la utilización de aeronaves sin piloto con armas ha generado una controversia notable en la comunidad internacional.

    En esta perspectiva, manifestaron que la ausencia de pilotos -con un menor riesgo de bajas humanas-, ha sido un factor que puede facilitar la inclinación al uso de estos vehículos. Sin embargo, no cabe duda que la razón fundamental del debate suscitado por el uso de drones es que constituyen el principal medio para llevar a cabo campañas de ataques selectivos contra miembros de grupos terroristas trasnacionales o internacionales, cuyas actuaciones han alcanzado un nivel de violencia equiparable para algunos a un conflicto armado.

    Haciendo estas consideraciones, el presente proyecto pretende introducir un marco de regulación de estas aeronaves, conforme a la nomenclatura internacional, señalando las definiciones, el ámbito de aplicación, la extensión de las exigencias administrativas o marcos de autorización de uso por la autoridad competente, así como un régimen especial de responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros que sea parte del modelo de responsabilidad objetiva o tarifada regulada en el Código Aeronáutico.

    Por otro lado, el proyecto crea deberes de actuación para operar esta clase de aeronaves, por lo que la ley establece un nuevo delito, consistente en el empleo de estas aeronaves sin la autorización exigida, como símil del delito de vuelo sin certificado de aeronavegación.

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