diputados: Sala despacha convenio internacional para combatir la pesca ilegal.El texto debe ser remitido al Presidente de la República para su promulgación.

Sala despacha convenio internacional para combatir la pesca ilegal
Publicado el 07 de septiembre del 2011

Con 89 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación, en segundo trámite constitucional, al “Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada, aprobado el 22 de noviembre de 2009, por la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

El instrumento internacional (boletín 7160) tiene por objeto establecer un conjunto mínimo de medidas que deben aplicar los estados en sus puertos para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).

La Asamblea General de las Naciones Unidas y el Comité de Pesca de la FAO solicitó en el año 2007 que se elaborara un instrumento jurídicamente vinculante sobre normas mínimas para ser aplicadas en los puertos, destinadas a combatir la pesca ilegal. Este Acuerdo fue el resultado de ese proceso.

El instrumento genera incentivos para que los Estados establezcan medidas mínimas en pos de asegurar que las actividades que se desarrollan en sus puertos por parte de naves extranjeras no socaven las medidas de conservación y ordenamiento que se hayan adoptado conforme con las prácticas recomendadas por la comunidad internacional.

Según la Cancillería chilena, el tratado contribuirá a una adecuada gestión pesquera en alta mar con miras a la celebración de acuerdos regionales de regulación pesquera para la adopción de medidas de ordenación y conservación de las pesquerías en el Pacífico Sur y frente a las pretensiones de Estados de aguas distantes, en la medida en que permite condicionar la entrada y uso de nuestros puertos al cumplimiento de un conjunto de normas cuya fiscalización será fundamental para Chile.

El Acuerdo obliga al Estado rector del puerto a adoptar una serie de "medidas mínimas" de control para velar que en sus puertos sólo puedan entrar y utilizar sus instalaciones y servicios portuarios aquellas naves que no siendo de su pabellón, cumplan con las medidas de conservación y ordenamiento pesquero que les sean aplicables.

Asimismo, se dispone que al ejecutar el Acuerdo, se deberán adoptar medidas para el intercambio de información entre organismos nacionales competentes y para la coordinación de actividades, así como la obligación de intercambiar información entre los Estados, con la FAO y con otras organizaciones, tanto internacionales como regionales, de ordenación pesquera.

Finalmente, se establecen disposiciones específicas asociadas a la entrada y al uso de los puertos, facultando a los Estados para denegar la entrada, así como una vez en ella, para denegar servicios y uso del puerto para desembarque.

La iniciativa fue informada en la Sala por el diputado Marco Antonio Núñez (PPD), de la Comisión de Relaciones Exteriores, y posteriormente intervino el diputado Carlos Vilches (UDI).

El texto debe ser remitido al Presidente de la República para su promulgación.

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