Diputados: Sala solicita modificar Ley de Impuesto a la Renta para incorporar en beneficios por educación a custodios de un menor

 Sala solicita modificar Ley de Impuesto a la Renta para incorporar en beneficios por educación a custodios de un menor

Publicado el 28 de octubre del 2016

La resolución busca generar un trato igualitario, en materia de beneficio tributario, entre padres biológicos y personas que tienen a cargo el cuidado de un menor.

    Disponer la modificación de la Ley de Impuesto a la Renta para incorporar dentro de los contribuyentes que poseen un crédito por el pago de estudios de sus hijos a las personas que, por sentencia ejecutoriada, tengan a su cargo el cuidado personal de un menor, es lo que solicitó la Sala de la Cámara de Diputados al Ejecutivo mediante la resolución 709.

    La petición aprobada esta semana, por 88 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones, fue presentada a la Cámara por los diputados UDI Renzo Trisotti, Jaime Bellolio, María José Hoffmann, Felipe De Mussy, Osvaldo Urrutia, Javier Macaya, Ernesto Silva y Joaquín Lavín, además del RN Diego Paulsen.

    Según expresaron los legisladores, de la lectura de la norma referida se colige que fue establecido un crédito tributario, por conceptos de gastos en educación pre-escolar, básica, diferencial y media, que solo pueden imputar de sus impuestos los padres, por los desembolsos efectuados relacionados con la educación de sus hijos. Así son los padres los contribuyentes que pueden aprovechar este beneficio.

    Agregaron que esta norma lo que supone es que los padres son quienes tienen el cuidado personal del menor que está en proceso educativo y por querer que el Estado ejerza su deber de servicialidad, la ley le otorga un beneficio tributario.

    En ese contexto, los parlamentarios manifestaron que se pueden dar situaciones tales como padres casados, sin vínculos matrimoniales o separados, entendiendo que no siempre son los padres biológicos quienes se hacen cargo de sus hijos.

    Añadieron que, ante esto, la ley prevé que otra persona o personas competentes tengan a su cargo el cuidado personal de un niño y, por lo mismo, si un tribunal de familia así lo determina, será una o más personas distintas de los padres de un menor quien tenga la tuición de este.

    Asimismo, sostuvieron que se podría encontrar a dos familias, en las que en la primera el cuidado personal del menor lo tengan los padres y en otra una o más personas diferentes. Ambas con un menor de edad estudiando y solo los primeros, con la posibilidad de recibir ayuda del Estado para financiar la educación.

    “Esta situación es del todo injusta, pues trata de manera distinta a sujetos que están en la misma posición. Incluso, en el entendido que los padres tienen el cuidado personal de sus hijos por el solo ministerio de la ley, en cambio aquellas personas que no son los padres y que tienen el cuidado personal de un niño, es gracias a un esfuerzo de su parte que termina encontrando reconocimiento en una sentencia judicial”, indicaron.

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