Senado: ¿Cuánto ganan las empresas distribuidoras de energía?: mociones limitan rentabilidad

¿Cuánto ganan las empresas distribuidoras de energía?: mociones limitan rentabilidad

En los próximos días comenzará el análisis de las ideas matrices de tres iniciativas que buscan –entre otros objetivos- rebajar la tasa de actualización de rentabilidad anual del rubro, la que hoy se traduce en un 10%.
28 de abril de 2019
Una interesante discusión se registró al interior de la Comisión de Minería y Energía en el marco de la discusión de tres normas –en primer trámite- que buscan regular las ganancias de las empresas distribuidoras de electricidad y transparentar el mercado.

Nos referimos a las siguientes mociones:

  • Proyecto de autoría de los senadores Álvaro Elizalde Alejandro Guillier, Carlos Montes, Ximena Órdenes y Yasna Provoste que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos con el objeto de fortalecer la transparencia en la distribución de energía (Boletín N° 12.548-08);
  • Proyecto de autoría de los parlamentarios antes señalados, que establece modificaciones respecto de la determinación de la rentabilidad de las empresas de energía eléctrica (Boletín N° 12.549-08), y
  • Proyecto de los senadores Álvaro Elizalde, Alejandro Guillier y Yasna Provoste, que limita la rentabilidad de las empresas de distribución eléctrica (Boletín N° 12.564-08).

Imagen foto_00000010En la última sesión de esta instancia, los legisladores debatieron acerca de la necesidad de legislar a la brevedad estas temáticas, y dada la presencia de la Ministra de Energía, Susana Jiménez, cuestionaron que el Ejecutivo haya presentado un mensaje en la Cámara Baja con objetivos muy similares.

Se trata del proyecto que pretende rebajar la rentabilidad de las empresas de distribución y perfecciona el proceso tarifario de distribución eléctrica (Boletín N° 12567-08) Éste se encuentra en la Comisión de Minería y Energía, cuyos diputados integrantes solicitaron refundirlo con la moción que modifica la ley General de Servicios Eléctricos, en materia de cálculo del valor agregado por concepto de costos de distribución de la energía (Boletín N° 12471-08).

Cabe recordar que el trasfondo de estas iniciativas fue la polémica de la instalación de medidores inteligentes por parte de las empresas de distribución eléctrica, en particular respecto a la utilidad de dichos aparatos, el cobro de los dispositivos y la eventual alza de las tarifas que se verían reflejadas en la boletas mensuales. Esta situación generó todo un cuestionamiento relativo a la fijación de tarifas eléctricas y las ganancias de estas empresas.

Volviendo al Senado, en la última sesión ordinaria, la Sala acordó refundir las mociones en primer trámite, de manera que los congresistas de la Comisión respectiva puedan trabajarlas como un texto único. Esto implica que la secretaría propondrá un documento de trabajo donde se identifiquen los puntos en común y las diferencias.

COSTOS DE LA ELECTRICIDAD

Imagen foto_00000012En términos generales, la ministra Jiménez explicó que “en Chile el precio de la energía que pagan los clientes finales está compuesto por un costo asociado a la generación de energía, un costo por transportarlas por redes de larga tensión y largas distancias, y un costo por distribuir la energía desde las subestaciones del sistema de transmisión hasta los clientes finales. Este último es aquel en que incurren las empresas eléctricas y que en la regulación eléctrica se denomina Valor Agregado de Distribución (VAD)”.

A su vez, el VAD se calcula mediante un proceso de tarificación cuatrienal (cada 4 años) donde se determinan los costos en que una empresa modelo (ficticia) incurre para prestar su servicio de manera eficiente y cumpliendo la ley, lo que se llama costo/eficiente.

En la práctica, se estima el VAD considerando que una empresa es eficiente y obtiene una rentabilidad anual de un 10%. No se realiza un cálculo por empresa sino por área típica (áreas en donde los costos medios de las actividades de distribución son similares para las distintas empresas que prestan el servicio, y cuyos componentes se calculan sobre la base de estudios de costos).

En este proceso, la Comisión Nacional de Energía (CNE) propone un valor que equivale a dos tercios, mientras que las empresas proponen uno que se traduce en un tercio. Así se determina el VAD final.

Respecto al 10%, la autoridad reconoció que este valor está desactualizado porque “fue fijado en otro contexto en el que resultaba imprescindible aumentar la cobertura, y en el que el riesgo y el acceso al financiamiento era distinto”.

MOCIONES

En concreto, la ministra Jiménez fue invitada a la instancia legislativa a entregar su opinión sobre las tres mociones mencionadas en un principio.
  • Proyecto que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos con el objeto de fortalecer la transparencia en la distribución de energía: Se refiere a las asimetrías de información que surgen en el proceso tarifario, entre la CNE y las empresas. En particular, respecto a las licitaciones de suministro para clientes regulados. Plantea que las empresas tengan la obligación de informar a la CNE los cambios en las condiciones contractuales vigentes o la celebración de nuevos contratos de suministro.
  • Proyecto que establece modificaciones respecto de la determinación de la rentabilidad de las empresas de energía eléctrica: El objetivo de la propuesta es reforzar los incentivos para que las empresas actúen de modo eficiente, disminuyendo la rentabilidad asegurada. Hoy existe un sistema de bandas que permite calcular la rentabilidad económica mínima, de esta la forma la moción rebaja este número aumentando el descuento que se hace a la tasa de actualización de un 10%, de 5 a 6 puntos. También sustituye la banda de rentabilidad que se usa para revisar las tarifas básicas que determina la CNE. La banda está fijada en un rango de 4 puntos más o menos respecto de la tasa de actualización (10%). En cambio la moción busca que la banda se fije entre 7 y 2 puntos inferior a la tasa actual.
  • Proyecto que limita la rentabilidad de las empresas de distribución eléctrica: acá se rebaja el porcentaje de la tasa de actualización de la rentabilidad anual de un 10 a un 6%.

MENSAJES

La secretaria de Estado planteó que “los temas expuestos en las mociones reflejan legítimas preocupaciones sobre el proceso tarifario: la determinación de la tasa de actualización, el proceso de determinación de las tarifas y las asimetrías de información en el proceso tarifario. Creemos que todas estas situaciones deben ser tratadas de manera más integral, por eso recomendamos esperar el ingreso al Congreso, de la ley corta sobre distribución eléctrica, que se materializará el segundo semestre de este año”.

En cuanto al mensaje que comenzó a estudiarse en la Cámara Baja, la ministra declaró que “también proponemos cambiar la tasa de actualización de un 10% pensando en un modelo específico que considere un piso de un 6%. También considera mecanismos de resolución de controversias que contempla la intervención de un panel de expertos”.

“También queremos modificar las áreas típicas porque en la actualidad son 6 y agrupan a firmas de acuerdo a criterios de costos, pero ocurre que entre ellas no son similares e induce a error esta clasificación”, concluyó.

Tras la exposición, los legisladores solicitaron una serie de oficios al Ministerio de Energía respecto a la actual rentabilidad que perciben una serie de empresas del rubro.

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