Corte Suprema rechaza reclamación presentada por Cruz Verde en contra de conciliación alcanzada entre FASA y Fiscalía Económica

La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de reclamación presentados por Farmacias Cruz Verde y el diputado Jaime Mulet en contra de la conciliación lograda ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia por la Fiscalía Nacional Económica y Farmacias Ahumada (FASA), en que ésta última reconoció haberse coludido con otras cadenas de farmacias para subir los precios de medicamentos y comprometió el pago de dinero equivalente a una multa.

El tribunal integrado por los ministros Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierry, la ministra Sonia Araneda y el ministro Haroldo Brito resolvieron, en decisión dividida, validar el acuerdo suscrito entre las partes (FASA y Fiscalía Nacional Económica), desestimando, entre otros asuntos, los cuestionamientos formulados por una de las partes respecto de que el acuerdo se trataba de una delación compensada y no de una conciliación.

“Que tampoco resultan atendibles los reproches que la reclamante Farmacias Cruz Verde le atribuye a la aludida conciliación en el sentido de que se hicieron concesiones fuera del límite de lo debatido en autos o que tendría las características de una “delación compensada”, pues lo relevante es que el asunto objeto del pleito y que motivó la interposición del requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica fue abordado y resuelto en la convención celebrada, especialmente si se tiene en consideración que las obligaciones asumidas por FASA tienen como finalidad evitar en el futuro las conductas descritas por la Fiscalía Nacional Económica en su requerimiento. Por tanto se cumplen en la especie, todos los requisitos exigidos a este mecanismo de solución de conflictos en materia de libre competencia conforme a su marco regulatorio”.

La sentencia añade que “del tenor de la conciliación convenida entre la Fiscalía Nacional Económica y FASA, se observa que ésta satisface plenamente las pretensiones de la primera en el ejercicio de su potestad pública: una de las requeridas reconoce su participación -estrictamente individual- en un mecanismo coordinado de alza de precios con su competencia, obtiene antecedentes para comprobar eventualmente un acuerdo colusorio; obtiene compromisos procompetitivos y la rectificación de conductas y el pago de una suma de dinero a beneficio social”.

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