Moción deroga libertad condicional en caso de presidio perpetuo calificado

El proyecto indica que dado que han mejorado las expectativas de vida, que en 2020 se situarán cerca de los 85 años, es probable que los 40 años de presidio perpetuo calificado no sean suficientes para evita que un condenado haya disminuido su peligrosidad y vuelva a delinquir.

La propuesta legal (boletín 6653) fue presentada por los diputados PPD Felipe Harboe, Ramón Farías, Antonio Leal y Eugenio Tuma; por el UDI Marcelo Forni y por el independiente Tucapel Jiménez.

En sus fundamentos se señala que el 2001, mediante la ley 19.734, se abolió en Chile la pena de muerte, estableciéndose en su reemplazo el presidio perpetuo calificado, por medio del cual se priva de la libertad de por vida al condenado, excluyéndosele además de la posibilidad de ser objeto de cualquier beneficio intrapenitenciario o de cualquier otro a que pueden acceder comúnmente los condenados en razón de la conducta demostrada.

Sin embargo, se establece además en el Código Penal la posibilidad de que una vez transcurridos 40 años de privación de libertad efectiva, el condenado pueda aspirar a que se le conceda la libertad condicional.

Al respecto, los legisladores sostienen que seguramente el legislador en el 2001 consideró un tiempo suficiente para mantener separado de la vida social a un delincuente que ha cometido delitos gravísimos el lapso de 40 años y que seguramente saldría solamente a morir o a soportar su vejez.

No obstante, añaden que debido a que la expectativa de vida en nuestro país ha aumentado con el mejoramiento de las condiciones sociales y hoy se sitúa cerca de los 78 años y se espera que al 2020 se sitúe cerca de los 85 años, “puede resultar posible que 40 años de prisión no sean suficientes para evitar que un individuo, de las características que poseen los que son condenados a este tipo de penas, haya disminuido su peligrosidad y vuelva a delinquir provocando graves daños al cuerpo socia”. ;

Asimismo, consignan los diputados que de acuerdo a encuestas recientes, “la mayoría de nuestros ciudadanos y ciudadanas no entienden el concepto de presidio perpetuo calificado asociado a la posibilidad de obtener la libertad transcurrido un determinado lapso de tiempo”.

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