Senado: Manipulación manual de cargas solo podrá ser de 25 kilogramos Lista para convertirse en ley quedó la norma que precisa que si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que los trabajadores operen con cargas superiores a 25 kg.
Senado: Manipulación manual de cargas solo podrá ser de 25 kilogramos
Lista para convertirse en ley quedó la norma que precisa que si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que los trabajadores operen con cargas superiores a 25 kg.
Publicado el: 30/08/2016
Por 25 votos a favor se despachó a ley las modificaciones realizadas en tercer trámite, por la Cámara de Diputados, a la moción de los senadores Hernán Larraín, Alejandro García Huidobro, Jaime Orpis y Andrés Allamand, que modifica el Código del Trabajo para reducir el peso de las cargas de manipulación manual por parte de los trabajadores.
El texto legal tiene por objeto actualizar la normativa de protección de la salud y de las condiciones físicas de los trabajadores que desarrollan labores de manipulación manual, en lo relativo al peso máximo que pueden cargar, adecuándola a los estándares internacionales sobre la materia, lo que tendrá un plazo de un año para su implementación.
Durante la votación hicieron uso de la palara los senadores Hernán Larraín, Juan Pablo Letelier, Ena Von Baer, Alejandro Navarro, Alejandro García Huidobro, Rabindranath Quinteros y Lily Pérez, todos ellos valoraron la propuesta y destacaron que es un avance para la seguridad y salud de los trabajadores.
HOMBRES Y MUJERES
Con esto, "si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que se opere con cargas superiores a 25 kilogramos; esta carga se verá modificada en la medida que existan otros factores agravantes, caso en el cual, la manipulación deberá efectuarse en conformidad a lo dispuesto en el decreto supremo N° 63, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba reglamento para la aplicación de la ley N° 20.001, que Regula el peso máximo de carga humana, y en la Guía Técnica para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulación Manual de Carga.”.
En tanto, los menores de 18 años y las mujeres no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar ni empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a 20 kilogramos. Para estos trabajadores, el empleador deberá implementar medidas de seguridad y mitigación, tales como rotación de trabajadores, disminución de las alturas de levantamiento o aumento de la frecuencia con que se manipula la carga.
EVITAR AFECTAR LA SALUD
LARRAÍN:
"Reducir el peso de cargas surgió de la inquietud, luego de conocer la situación de muchas personas que durante años han cargado sacos de distintos tipos, y que a lo largo del tiempo han afectado su salud. Pude constatar molineros, panificadores, entre otros, los que hoy presentan serios daños en la espalda, columna, zona lumbar y que a estas alturas no tienen solución".
LETELIER:
"Es un proyecto necesario y quiero manifestar que habrá un proceso de transición para adecuarnos como país, una cultura de respetar pesos máximos y debemos evitar que se informalicen estos trabajos, tenemos la aspiración de que los sacos y maletas bajen de tamaño y el cuidado de la salud sea relevante (…) Me preocupan los casos de excepciones que se producirán, como me lo plantearon trabajadores de aeropuertos".
VON BAER:
"Nos ponemos a la altura de las corrientes mundiales de esta materia y nos hacemos cargo de una situación de salud relevante para los trabajadores. Es una oportunidad no solo para mejorar las condiciones de trabajo, sino también para las propias industrias, porque mejorarán normativas de seguridad y eficacia en la labor, haciéndolas más competitivas".
ENFERMEDADES PROFESIONALES
NAVARRO:
"Podemos rebajar el peso, pero el trabajo pesado, por definición, tiene envejecimiento físico y psíquico prematuro y hoy en la Superintendencia de Pensiones, el primer semestre de este año, tenemos que el 86% de los casos presentados fueron rechazados. 9 de cada 10 enfermedades profesionales fueron rechazadas, es un sistema perverso. El problema de fondo no está resuelto".
GARCÍA HUIDOBRO:
"Recordemos que hace poco años atrás el peso permitido eran 100 kg., luego 80 kg., luego pudimos rebajarlo a 50, lo que fue un golpe fuerte, pero ha perjudicado a muchos trabajadores que han debido a trabajar de esta forma. El dolor de espalda es uno de los principales problemas de salud en la Unión Europea, con un porcentaje de casi el 39 % de dolores lumbares".
QUINTEROS:
"Felicito a los autores, por fin se está poniendo coto a un abuso que viene de tiempos inmemoriales. Espero que este proyecto sea fiscalizado y no veamos en La Vega, una vez que esto sea aprobado, que sigan con 100 kg. sobre los hombros. Aprovecho la oportunidad para manifestar cómo las mutualidades no se hacen cargo de las enfermedades de las mujeres que trabajan en las pesquerías, con hielo, y no consideran como enfermedades profesionales las artritis o lumbagos".
PÉREZ SAN MARTÍN:
"Va en el marco de varias iniciativas aprobadas en el último tiempo y quisiera mencionar que la Comisión Económica Nacional es la que decide cuándo se solicita hacer énfasis y califica cuáles son los trabajos pesados (…) Hace un par de años hice una presentación en la Comisión Bravo, porque todo lo que dice relación con cargas pesadas debería tener sistema de jubilación diferente".
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