diputados: Comisión de Constitución votará este miércoles reforma legal que refuerza las garantías de defensa de los imputados.Se trata de una moción de los senadores Alberto Espina, Soledad Alvear, José Antonio Gómez, Hernán Larraín y Patricio Walker que reforma disposiciones del Código Procesal Penal. Específicamente, la iniciativa fija la oportunidad en la cual el Estado deberá designar un abogado defensor al imputado si éste no nombrare a uno particular, precisando que ello deberá efectuarse en la primera audiencia judicial a la que éste deba comparecer, esto es, por regla general, ante el juez de garantía.

diputados: Comisión de Constitución votará este miércoles reforma legal que refuerza las garantías de defensa de los imputados


Publicado el 04 de octubre del 2011



En sesión de trabajo de este lunes, la instancia especializada escuchó los planteamientos sobre la iniciativa de las máximas autoridades del Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública, además del profesor de derecho procesal Raúl Tavolari.





La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados sesionó este lunes en la sede de Santiago del Congreso Nacional para analizar un proyecto de ley (boletín 7854), en segundo trámite constitucional, que busca fortalecer los derechos de las personas imputadas de delitos.



Se trata de una moción de los senadores Alberto Espina, Soledad Alvear, José Antonio Gómez, Hernán Larraín y Patricio Walker que reforma disposiciones del Código Procesal Penal. Específicamente, la iniciativa fija la oportunidad en la cual el Estado deberá designar un abogado defensor al imputado si éste no nombrare a uno particular, precisando que ello deberá efectuarse en la primera audiencia judicial a la que éste deba comparecer, esto es, por regla general, ante el juez de garantía.



Asimismo, para mejor garantizar el derecho del imputado de guardar silencio, el proyecto dispone que en la primera declaración que preste ante el fiscal o la policía, se le deberá advertir de este derecho en términos expresos y mediante una fórmula preestablecida, informándole los efectos que puede ocasionar la renuncia al mismo, dejando constancia expresa de haberse efectuado la lectura correspondiente.



En la sesión de este lunes, la Comisión escuchó los planteamientos sobre esta reforma del Fiscal Nacional del Ministerio Público, Sabas Chahuán; el Defensor Público Nacional, Georgy Schubert; y el profesor de derecho procesal de la Universidad de Chile, Raúl Tavolari.



El Fiscal Sabas Chahuán manifestó a los diputados que en principio el proyecto parece innecesario pero estimó que podría ser útil si otorga certeza jurídica en cuanto al ejercicio del derecho a defensa de los imputados en las primeras etapas de la persecución penal.



“La Defensoría Penal Pública ha sostenido fuertemente que el derecho irrenunciable a la defensa delimita el campo de aplicación de ciertas normas del Código Procesal Penal, concretamente que no se podría, por ejemplo, tomar declaración a un imputado aunque voluntariamente esté de acuerdo sin que el defensor penal público esté presente. Me parece que eso vulnera claramente normas del Código Procesal Penal y dificulta la investigación porque en todo el mundo el imputado puede decidir si declara o no, sin esperar a un abogado. Esto podría inclusive perjudicar la concurrencia de ciertas atenuantes como la colaboración eficaz en materia de drogas porque si se dilata no podría entregar a algunos eventuales cómplices, por ejemplo para obtener una rebaja de pena”, sostuvo el Fiscal a la salida de la Comisión.



“Nos parece sí que el proyecto es valioso en el sentido que da una certeza jurídica al concretizar que la designación del defensor penal público debe ser sin duda antes de la primera comparecencia judicial. Pero podría haber una eventual colisión con el artículo 8.o, ya que se podría estimar de que el hecho de que no se le permita renunciar a la defensa al imputado lo convierte en un incapaz relativo, equiparando a un adulto con un menor de edad porque este último sí es un incapaz relativo y de ahí que la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente exige que haya defensor ante cualquier declaración”, añadió el jefe del Ministerio Público.



“Creemos que el proyecto, si se aplicara sin duda y correctamente en todos los casos en la actual legislación, podría parecer en principio innecesario pero desde el punto de vista de otorgar certeza jurídica nos parece que está bien”, enfatizó Chahuán.



Por su parte, el Defensor Público, Georgy Schubert, manifestó ante la Comisión que la entidad que dirige comparte el sentido de esta reforma.



“Nos parece especialmente relevante que en cuanto a la información que se le entrega al imputado se señale que si renuncia a su derecho a guardar silencio se le manifieste claramente que esto podrá ser usado en su contra, de manera que cuando se renuncia a los derechos y garantías que le otorga la ley sin duda sea una decisión informada”, sostuvo el personero.



“Es antes de la judicialización del proceso cuando se presenta la mayor controversia y la mayor cantidad de denuncias de vulneración de derechos y garantías del imputado, respecto de si existió o no información, si ésta se entendió o no, si efectivamente la declaración es voluntaria. Entonces, si se trata de reforzar esto, que se entregó información y el imputado voluntariamente ha consentido en prestar declaración sin la presencia del defensor, nos parece necesario hacer referencia al articulo 227 en cuanto a la exigencia de un registro íntegro y fidedigno”, planteó el Defensor Nacional.



A juicio de Schubert, esta reforma significará una mejora del sistema y le dará más transparencia a las primeras etapas de la persecución penal, que son las más sensibles en términos del respeto a los derechos del imputado.



A su turno, el profesor Raúl Tavolari señaló que algunas de las modificaciones propuestas al Código Procesal Penal adolecen de deficiencias de técnica legislativa al hacer referencias innecesarias a la Constitución Política, reunir varias ideas diferentes en una redacción excesivamente concisa y por plantear cuestiones que ya están resueltas en la normativa vigente.



Al término de la sesión, el presidente de la Comisión, diputado Alberto Cardemil, valoró los planteamientos de los invitados y aseguró que deberán introducirse perfeccionamientos al texto del proyecto, que probablemente éste será despachado este miércoles ya que se encuentra con urgencia “suma”.



“Es una reforma que parece importante y bastante sencilla, que es asegurar el derecho a defensa, por una parte, y por otra, establecer claridad y certeza jurídica en las detenciones. Nuestra conclusión unánime es que el proyecto que viene del Senado va a necesitar arreglos ya que tiene problemas de redacción y de falta de claridad, así que estamos preparando una indicación para despacharlo reformado el día miércoles”, sostuvo el parlamentario.

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