Diputado Delmastro presenta modificación a ley para bajar los intereses a los créditos

Diputado Delmastro presenta modificación a ley para bajar los intereses a los créditos
Publicado el 07 de julio del 2011

El legislador indica que la iniciativa legal modifica la Ley 18.010 que fija en los créditos un interés máximo convencional que no supere 1.2 veces el interés promedio, es decir, se rebaja de un 50% actual a un 20% por sobre el interés corriente.

En Chile se reconoce el debido derecho de las instituciones que otorgan créditos, ya sea de consumo, hipotecarios o de cualquier otra índole, a cobrar un interés por la operación realizada. Este interés tiene un límite que evita que el dividendo resultante, sea mucho más alto que el dinero recibido con antelación; es decir, se limita la tasa de interés para proteger a los consumidores. A juicio del Diputado por el distrito 53, Roberto Delmastro, la pregunta que hay que hacerse ahora, es por cuánto debiera ser ese límite, “nuestra legislación señala que el interés máximo permitido en Chile, es el 'interés máximo convencional' o sea un interés que no exceda en más de un 50% a la tasa fija o variable”, señala el legislador.

En nuestro país por regla general las sociedades financieras no pueden fijar un interés que supere en un 50% el interés promedio de la banca. O lo que es equivalente, pueden cobrar como interés hasta 1.5 veces lo que cobren en promedio la totalidad de los bancos e instituciones financieras, “la misma ley indica que la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, es la encargada de velar por el cumplimiento de esta regla maestra en materia crediticia y por dicha atribución debe publicar en forma periódica las tasas vigentes”, sostiene el Diputado.

Delmastro señala que al revisar el detalle de las tasas vigentes para las distintas operaciones observadas por la Superintendencia, los números muestran que si bien hay casos en que el interés máximo convencional presenta cifras moderadas, hay casos en que incluso se eleva por sobre el 50% de la deuda, como es el caso de créditos inferiores o iguales a 200 unidades de fomento, algo cercano a los 4 millones doscientos mil pesos.

“Considero que el 50% de interés se trata de una cifra exorbitante, que se presta para eventuales abusos por parte de ciertas instituciones crediticias y que sólo consigue perjudicar al consumidor, pues se le tienta con un crédito sin que éste pueda advertir la cantidad de dinero que deberá desembolsar para saldar su deuda”, expresó.

“Si se revisa la legislación comparada con otros países del mundo al respecto, veremos que la mayoría de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), e incluso en otros países latinoamericanos, presentan límites al interés muy inferiores a los chilenos. En Alemania por ejemplo, la tasa máxima convencional alcanza a un 26.3%, o sea la mitad que existe hoy en nuestro país”, dice el Diputado.

Según todo lo explicado, Delmastro indica que le parece lógico y conveniente limitar la Tasa Máxima Convencional, que pueden definir los bancos e instituciones financieras, para fijar sus propios intereses, “por ello, hemos presentado junto a otros diputados una modificación a la Ley 18.010, para que en vez de permitir el cobro de una tasa de interés de hasta 1.5 veces, se debiera permitir fijar un interés equivalente sólo a 1.2 veces el interés promedio, es decir, cambiando de un 50% a un 20% por sobre el interés corriente”, enfatiza el legislador.

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