diputados: Proyecto que fomenta industria de cruceros sería despachado de Comisión de Hacienda el martes 19 de julio. La postergación del despacho se originó por el compromiso del Ejecutivo para ingresar tres indicaciones destinadas a homologar las condiciones entre los nacionales y los extranjeros.
Proyecto que fomenta industria de cruceros sería despachado de Comisión de Hacienda el martes 19 de julio
Publicado el 14 de julio del 2011
La postergación del despacho se originó por el compromiso del Ejecutivo para ingresar tres indicaciones destinadas a homologar las condiciones entre los nacionales y los extranjeros.
Para el próximo miércoles 20 de julio se postergó el despacho desde la Comisión de Hacienda del proyecto de ley (boletín 7528) que fomenta el Mercado de Cruceros Turísticos, ello, según explicó el presidente de la instancia, diputado Joaquín Godoy (RN), frente al compromiso del Ejecutivo de presentar un conjunto de indicaciones requeridas por los legisladores.
Godoy explicó que las tres indicaciones esperadas apuntan a homologar el tratamiento que se le entrega a los cruceros extranjeros a los buques nacionales. “Como los nacionales compiten con los extranjeros tenemos que homologar las condiciones con las cuales compiten, porque sino es imposible. O sea, si un crucero internacional no paga impuesto por el tema de tener un casino arriba, no podemos pedirle a los nacionales que lo hagan, porque si lo hacen no va haber negocios”, aclaró.
El presidente de la Asociación Gremial de Armadores de Transporte Marítimo, Fluvial, Lacustre y Turístico Sur (Armasur), Orlando Almonacid, se manifestó muy contento por el acuerdo alcanzado en la Comisión de Hacienda, entre los legisladores y el Ejecutivo, en la línea de perfeccionar el proyecto introduciéndole cambios destinados a equiparar las condiciones de las naves extranjeras a las nacionales. “Es por lo que hemos venido luchando y creo que hemos logrado un gran avance”, enfatizó.
Explicó que, por ejemplo, los cruceros extranjeros están exentos del pago del IVA, al contrario de los nacionales, hecho que cambiaría ahora con la aplicación de este nuevo criterio. Además, tampoco se les haría aplicable el impuesto territorial que se les aplica a los casinos en tierra, dado que esa tributación está considerada para apoyar las comunas en las cuales se instalan los casinos, situación que no sería homologable a buques que se movilizan entre varias regiones y que no tienen como objetivo específico competir con las empresas en tierra.
Proyecto
El proyecto, tal como se encuentra hoy después de su trámite en las Comisiones de Turismo y de Gobierno Interior, flexibiliza algunos de los requisitos y condiciones actuales para las naves mercantes nacionales (Art. 63 de la Ley N° 19.995), tales como: reducir de 120 a 80 la capacidad de pernoctación que deben tener las naves; disminuye el recorrido de 500 a 300 millas náuticas; elimina el requisito de que el titular del permiso de operación deberá ser una sociedad distinta del propietario, armador, operador, arrendatario o tenedor a cualquier título de la nave; y se les exime del pago de impuestos especiales establecidos en los artículos 58 y 59 de la ley N° 19.995.
Para evitar que los casinos en cruceros se conviertan en “casinos flotantes”, se mantiene la condición de que el circuito turístico en el cual se autorice la explotación de juegos de azar tenga una duración no inferior a tres días y, además, su cobertura debe comprender a lo menos un recorrido de 300 millas náuticas en las naves nacionales y de 500 millas náuticas para los cruceros extranjeros.
Además, mediante indicación se agregó la exigencia que las naves nacionales y extranjeras deben suspender la operación de los juegos de azar durante el atraque en puertos y mientras estén a menos de tres millas de tales puertos.
El proyecto excluye, tanto a las naves extranjeras como a las nacionales, de la obligación de someterse a las mismas disposiciones sobre autorización, operación y fiscalización que las previstas para los casinos de juego que funcionan en tierra. En el primer caso, particularmente, porque se trata de casinos que no sólo operarían en aguas territoriales chilenas, sino que también en otras jurisdicciones.
En el caso de las naves nacionales, en todo caso, se mantienen algunos ámbitos de la fiscalización, como es la homologación de los implementos de juego y su posterior verificación a bordo por parte de los fiscalizadores de la Superintendencia. Esto permitirá que los casinos de naves mercantes nacionales cuenten con máquinas de azar nuevas, certificadas por laboratorios internacionales, con sus instrucciones en español y con un porcentaje de retorno como premio al jugador de más de un 85%, tal como ocurre con los casinos de la nueva industria.
Finalmente, para garantizar la fe pública, la Superintendencia sería la instancia para atender y resolver los reclamos de controversias entre clientes y el operador de la sala de juego y se mantiene como criterio de regulación que la cantidad de material de juego esté de acuerdo al número de pasajeros que tenga la nave, esto es, una máquina de azar por cada 10 pasajeros y una mesa de juego por cada 50 pasajeros.
Publicado el 14 de julio del 2011
La postergación del despacho se originó por el compromiso del Ejecutivo para ingresar tres indicaciones destinadas a homologar las condiciones entre los nacionales y los extranjeros.
Para el próximo miércoles 20 de julio se postergó el despacho desde la Comisión de Hacienda del proyecto de ley (boletín 7528) que fomenta el Mercado de Cruceros Turísticos, ello, según explicó el presidente de la instancia, diputado Joaquín Godoy (RN), frente al compromiso del Ejecutivo de presentar un conjunto de indicaciones requeridas por los legisladores.
Godoy explicó que las tres indicaciones esperadas apuntan a homologar el tratamiento que se le entrega a los cruceros extranjeros a los buques nacionales. “Como los nacionales compiten con los extranjeros tenemos que homologar las condiciones con las cuales compiten, porque sino es imposible. O sea, si un crucero internacional no paga impuesto por el tema de tener un casino arriba, no podemos pedirle a los nacionales que lo hagan, porque si lo hacen no va haber negocios”, aclaró.
El presidente de la Asociación Gremial de Armadores de Transporte Marítimo, Fluvial, Lacustre y Turístico Sur (Armasur), Orlando Almonacid, se manifestó muy contento por el acuerdo alcanzado en la Comisión de Hacienda, entre los legisladores y el Ejecutivo, en la línea de perfeccionar el proyecto introduciéndole cambios destinados a equiparar las condiciones de las naves extranjeras a las nacionales. “Es por lo que hemos venido luchando y creo que hemos logrado un gran avance”, enfatizó.
Explicó que, por ejemplo, los cruceros extranjeros están exentos del pago del IVA, al contrario de los nacionales, hecho que cambiaría ahora con la aplicación de este nuevo criterio. Además, tampoco se les haría aplicable el impuesto territorial que se les aplica a los casinos en tierra, dado que esa tributación está considerada para apoyar las comunas en las cuales se instalan los casinos, situación que no sería homologable a buques que se movilizan entre varias regiones y que no tienen como objetivo específico competir con las empresas en tierra.
Proyecto
El proyecto, tal como se encuentra hoy después de su trámite en las Comisiones de Turismo y de Gobierno Interior, flexibiliza algunos de los requisitos y condiciones actuales para las naves mercantes nacionales (Art. 63 de la Ley N° 19.995), tales como: reducir de 120 a 80 la capacidad de pernoctación que deben tener las naves; disminuye el recorrido de 500 a 300 millas náuticas; elimina el requisito de que el titular del permiso de operación deberá ser una sociedad distinta del propietario, armador, operador, arrendatario o tenedor a cualquier título de la nave; y se les exime del pago de impuestos especiales establecidos en los artículos 58 y 59 de la ley N° 19.995.
Para evitar que los casinos en cruceros se conviertan en “casinos flotantes”, se mantiene la condición de que el circuito turístico en el cual se autorice la explotación de juegos de azar tenga una duración no inferior a tres días y, además, su cobertura debe comprender a lo menos un recorrido de 300 millas náuticas en las naves nacionales y de 500 millas náuticas para los cruceros extranjeros.
Además, mediante indicación se agregó la exigencia que las naves nacionales y extranjeras deben suspender la operación de los juegos de azar durante el atraque en puertos y mientras estén a menos de tres millas de tales puertos.
El proyecto excluye, tanto a las naves extranjeras como a las nacionales, de la obligación de someterse a las mismas disposiciones sobre autorización, operación y fiscalización que las previstas para los casinos de juego que funcionan en tierra. En el primer caso, particularmente, porque se trata de casinos que no sólo operarían en aguas territoriales chilenas, sino que también en otras jurisdicciones.
En el caso de las naves nacionales, en todo caso, se mantienen algunos ámbitos de la fiscalización, como es la homologación de los implementos de juego y su posterior verificación a bordo por parte de los fiscalizadores de la Superintendencia. Esto permitirá que los casinos de naves mercantes nacionales cuenten con máquinas de azar nuevas, certificadas por laboratorios internacionales, con sus instrucciones en español y con un porcentaje de retorno como premio al jugador de más de un 85%, tal como ocurre con los casinos de la nueva industria.
Finalmente, para garantizar la fe pública, la Superintendencia sería la instancia para atender y resolver los reclamos de controversias entre clientes y el operador de la sala de juego y se mantiene como criterio de regulación que la cantidad de material de juego esté de acuerdo al número de pasajeros que tenga la nave, esto es, una máquina de azar por cada 10 pasajeros y una mesa de juego por cada 50 pasajeros.
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