Aprobadas modificaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados

             Aprobadas modificaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados

Publicado el 05 de marzo del 2014

La iniciativa actualiza y adecua las normas internas de funcionamiento, incorporando entre otras materias la inhabilitación de los diputados y la sanción por inasistencias injustificadas.  

Por 85 votos a favor, 3 en contra y 12 abstenciones, los diputados aprobaron el proyecto (boletín 2687) que reforma el Reglamento de la Cámara de Diputados, para adecuar los contenidos a las leyes N° 20.050, que modificó la Constitución, y N° 20.447, modificatoria de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional. La iniciativa además efectúa otras enmiendas relacionadas con el funcionamiento de la Corporación.

La propuesta fue informada a la Sala por el diputado Ricardo Rincón (DC), a nombre de la Comisión de Régimen Interno, en la sesión de este martes, y hoy fue ampliamente analizada.

Esta reforma mayor es la primera que se realiza al estatuto interno desde 1994, sin perjuicio de algunas modificaciones que se han realizado a materias puntuales, como la regulación de la citación a los ministros o las atribuciones y procedimientos ante la Comisión de Ética y Transparencia.

Algunas de las materias reformadas son:

Proyecto de acuerdo y resolución: La iniciativa crea la figura de las “resoluciones”, distinta de los “proyectos de acuerdo”. Esta última categoría se define como la proposición que uno y hasta diez diputados presentan por escrito a la Cámara con el objeto de ejercer la facultad que le confiere el artículo 52, número 1, letra a), inciso primero, de la Constitución, en orden a adoptar acuerdos o sugerir observaciones sobre los actos del Gobierno, y deberá así expresarse invocando en su texto la norma constitucional indicada.

Un proyecto de resolución, en tanto, es una proposición que uno y hasta diez diputados presentan por escrito a la Cámara con el objeto de obtener un pronunciamiento de la Corporación sobre temas de interés general, tanto nacionales como internacionales, que expresen la preocupación de la Cámara por ellos.

Receso parlamentario: Queda definido como la suspensión de actividades de la Cámara correspondiente al feriado anual en la época que la Corporación lo acuerde.

Voto a viva voz: Se establece que para emitir el voto, el diputado deberá usar los términos “Si” o “A favor”, “No” o “En contra”, “Me abstengo” y “Estoy inhabilitado”.

Fusión de proyectos: En caso que el Presidente de la República presente un proyecto de ley respecto de una materia ya presentada por diputados, se fusionarán ambos proyectos, en conformidad con el artículo 17 A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional

Empate en las votaciones: El texto define que si al proclamar la votación resultare empate, se dará la proposición por desechada.

Actas secretas: La Cámara de Diputados podrá hacer públicas las actas, versiones y documentos secretos, después de 5 años de reserva, contados desde la fecha de la sesión; sin embargo, de oficio o a petición de cualquier persona y por una sola vez, podrá prorrogarla por otros cinco años, total o parcialmente, evaluando el peligro de daño que pueda irrogar su terminación. Podrá podrá anticiparse su publicidad por acuerdo de la Cámara de Diputados adoptado por los tres cuartos de los Diputados en ejercicio. Si el secreto ha sido pedido por el Presidente de la República en conformidad con la facultad que le confiere la Constitución, será necesario su asentimiento expreso.

Semana distrital y elecciones: La última semana de cada mes se destinará al trabajo distrital y no habrá sesiones de Sala ni de Comisiones. En los años en que se efectúen elecciones parlamentarias en las que se renueve íntegramente la Cámara de Diputados, en las dos semanas previas a la elección no habrá sesiones de Sala ni de Comisiones. Para compensar el trabajo legislativo de esas semanas, en el mes de julio previo a la respectiva elección y en el mes de enero inmediatamente siguiente a la misma no habrá semana destinada al trabajo distrital.

Ausencias injustificadas: Se establece que es deber de los diputados asistir a las sesiones de Sala y Comisiones a las que pertenezcan. Se aplicará como multa una deducción de su dieta por las ausencias injustificadas de los parlamentarios a las sesiones de Sala. Se entenderá que una ausencia es justificada cuando el diputado o diputada esté con licencia médica, con impedimento grave, se encuentre realizando alguna gestión encomendada por la Corporación o alguna de las actividades propias de la función parlamentaria -que señala la Constitución-, debiendo avisarse oportunamente. En caso de duda, el Presidente remitirá los antecedentes a la Comisión de Ética y Transparencia, para que se pronuncie, por los tres quintos de sus integrantes, respecto de la procedencia de la multa.

Suspensión de sesiones: Cada vez que se levante la sesión por falta de quórum, se deberá dejar constancia en el acta del nombre de los diputados presentes en la Sala que hayan participado en la votación respectiva y de aquellos que se encuentren pareados, con licencia médica, en actividades vinculadas estrictamente con su función parlamentaria o distrital, realizando alguna gestión encomendada por la Corporación, o con algún impedimento grave.

Recursos ante el Tribunal Constitucional: Se establece un procedimiento para la Cámara ejerza sus prerrogativas constitucionales ante el TC, según el cual los diputados interesados deberán presentar por escrito su solicitud de acuerdo en orden a que la Corporación recurra de constitucionalidad, señalando las normas objeto del requerimiento, y los fundamentos de hecho y de derecho en que basan su pretensión, cuya procedencia deberá ser votada por la Sala.

Inhabilitación: Los diputados no tendrán derecho a voto en los asuntos que interesen directa y personalmente a ellos, a sus ascendientes y descendientes, a sus cónyuges o a sus parientes colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ambos inclusive, o las personas ligadas a ellos por adopción. El anuncio de encontrarse inhabilitados o de tener impedimento para votar deberán hacerlo antes del cierre del debate.

Comisiones Permanentes: Quedan en total 24 instancias. Entre las que se modifican, está la de Gobierno Interior (se le agrega Nacionalidad y Ciudadanía); Economía (se suma Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo); Vivienda (se le agrega Bienes Nacionales); Derechos Humanos (se agrega Pueblos Originarios); Familia (se suma Adulto Mayor); Deportes (se adiciona Recreación); Zonas Extremas (se incorpora Antártica Chilena); y Cultura (se suma Comunicaciones). 

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

De duelo el Colegio Germania de Puerto Varas : A los 93 años, falleció el Padre Enrique Bohle Werner svd