Diputados: Sala aprobó proyecto que complementa la regulación de centros de acopio
Diputados: Sala aprobó proyecto que complementa la regulación de centros de acopio
Publicado el 13 de marzo del 2014
La propuesta, iniciada en moción de un grupo misceláneo
de diputados, corrige una limitación establecida en la Ley 20.434, que
introdujo normas sobre las concesiones de acuicultura, y que afecta a la
renovación de los permisos vigentes, así como de las nuevas solicitudes
de concesión.
Por 94 votos a favor y 3 abstenciones, la Cámara aprobó el proyecto (boletín 9047)
que complementa la regulación de los centros de acopio, de modo de no
obstruir la renovación de las autorizaciones vigentes que cumplen con
las condiciones fijadas por la autoridad.
La Ley 20.434, que introdujo nuevas normas a la legislación de concesiones de acuicultura en el contexto del avance del virus ISA (infectious salmon anemia), estableció una limitante para la renovación de los permisos que resulta impracticable de sostener.
El artículo 2° transitorio de la citada Ley prohíbe el otorgamiento de nuevas autorizaciones para centros de acopios, así como la renovación de las concesiones marítimas para su operación. Además, señala que, sólo una vez dictado el Reglamento, la Subsecretaría de Pesca podrá otorgar nuevas autorizaciones.
Según se expresa en la moción, informada a la Sala por el diputado Jorge Ulloa (UDI), de la Comisión de Pesca, la redacción vigente de la norma permite que la Subsecretaría de Pesca pueda autorizar hoy un nuevo centro de acopio en el evento de cumplirse con las nuevas exigencias ambientales (el reglamento ya se encuentra habilitado para dicho efecto), pero éste igualmente no puede concretarse porque para ello se necesita que la concesión o su renovación sean autorizadas por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, acción que no está contemplada en la normativa.
Así, la moción presenta una nueva redacción para el artículo 2º transitorio de la Ley, de modo que, cumpliendo el nuevo proyecto de centro de acopio o la solicitud de renovación con las normas y disposiciones exigidas, no sólo pueda obtener la autorización de la Subsecretaría de Pesca, sino que también pueda obtener el otorgamiento o la renovación de la concesión marítima correspondiente.
Con esto, la norma aprobada por la Comisión queda del siguiente tenor:
“Prohíbese el otorgamiento o renovación de autorizaciones para la operación de centros de acopio de peces, como asimismo el otorgamiento y la renovación de las concesiones marítimas de playa de mar, de porción de agua o fondo de mar otorgadas a la fecha de publicación de esta ley para la operación de aquéllos, cuyos proyectos no cumplan con las exigencias, condiciones y tecnología que asegure que no se produzca la diseminación de patógenos, conforme al reglamento que dicte la Subsecretaría”.
La Ley 20.434, que introdujo nuevas normas a la legislación de concesiones de acuicultura en el contexto del avance del virus ISA (infectious salmon anemia), estableció una limitante para la renovación de los permisos que resulta impracticable de sostener.
El artículo 2° transitorio de la citada Ley prohíbe el otorgamiento de nuevas autorizaciones para centros de acopios, así como la renovación de las concesiones marítimas para su operación. Además, señala que, sólo una vez dictado el Reglamento, la Subsecretaría de Pesca podrá otorgar nuevas autorizaciones.
Según se expresa en la moción, informada a la Sala por el diputado Jorge Ulloa (UDI), de la Comisión de Pesca, la redacción vigente de la norma permite que la Subsecretaría de Pesca pueda autorizar hoy un nuevo centro de acopio en el evento de cumplirse con las nuevas exigencias ambientales (el reglamento ya se encuentra habilitado para dicho efecto), pero éste igualmente no puede concretarse porque para ello se necesita que la concesión o su renovación sean autorizadas por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, acción que no está contemplada en la normativa.
Así, la moción presenta una nueva redacción para el artículo 2º transitorio de la Ley, de modo que, cumpliendo el nuevo proyecto de centro de acopio o la solicitud de renovación con las normas y disposiciones exigidas, no sólo pueda obtener la autorización de la Subsecretaría de Pesca, sino que también pueda obtener el otorgamiento o la renovación de la concesión marítima correspondiente.
Con esto, la norma aprobada por la Comisión queda del siguiente tenor:
“Prohíbese el otorgamiento o renovación de autorizaciones para la operación de centros de acopio de peces, como asimismo el otorgamiento y la renovación de las concesiones marítimas de playa de mar, de porción de agua o fondo de mar otorgadas a la fecha de publicación de esta ley para la operación de aquéllos, cuyos proyectos no cumplan con las exigencias, condiciones y tecnología que asegure que no se produzca la diseminación de patógenos, conforme al reglamento que dicte la Subsecretaría”.
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