Senado: Incentivos al ahorro y la inversión: aspectos claves del análisis de la Reforma Tributaria
Senado: Incentivos al ahorro y la inversión: aspectos claves del análisis de la Reforma Tributaria
A partir de este lunes 2 de junio, a las
15:30 horas, comienza el debate en segundo trámite, de una de las
iniciativas emblemáticas del gobierno a la hora de recaudar fondos.
Todas las sesiones en el Senado serán transmitidas en vivo.
Publicado el: 30/05/2014
Con
las exposiciones del Ministro de Hacienda, Alberto Arenas y de
representantes de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y de la
Confederación de la Producción y el Comercio (CPC) se iniciará a partir
de la próxima semana, el debate, en el Senado, del proyecto que modifica
el sistema de tributación de la renta, e introduce diversos ajustes, en
el sistema tributario.
La iniciativa que cumple su segundo trámite, será analizada por la Comisión de Hacienda en las jornadas citadas para los días:
- Lunes 2 de junio, entre las 15:30 y 20:00 horas
- Martes 3 de junio, entre las 10:30 y 14:00 horas
- Miércoles 4 de junio, entre las 10:00 y las 12:00 horas
Todas las sesiones serán transmitidas en vivo por TV Senado.
De acuerdo al Mensaje el proyecto persigue incrementar la recaudación tributaria para generar ingresos permanentes para solventar gastos permanentes, con el propósito de resolver las brechas de desigualdad.
Es así como apunta a recaudar cerca de 8 mil 200 millones de dólares para financiar, con ingresos permanentes, los gastos de la reforma educacional, entre otras políticas del ámbito de la protección social.
Esta cifra equivale a la meta del 3% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional y se desglosa en 2,5% del PIB provenientes a cambios a la estructura tributaria y 0,5% de medidas que reducen la evasión y elusión.
El proyecto consta de once artículos permanentes y dieciséis transitorios. El artículo primero comprende un conjunto de 57 numerales que modifican temas como la eliminación del Fondo de Utilidades Tributables (FUT), el ajuste al tramo mayor de impuestos a las personas y el alza en los tributos a las empresas, así como un régimen especial de tributación para la pequeña y mediana empresa.
La iniciativa también establece un nuevo régimen para el tratamiento impositivo de los fondos mutuos y de inversiones, ajustes a la tributación sobre las ganancias del capital, así como la corrección de algunos tributos específicos (alcoholes, diésel, etc).
Hasta el momento, los puntos que han concitado mayor debate entre senadores de todos los sectores han sido los relativos a los instrumentos para incentivos al ahorro y la inversión de las pymes, de la clase media y del país en general, en especial, en un periodo de desaceleración de la economía.
Así quedó de manifiesto en el reciente Seminario “Reforma Tributaria para una mayor Igualdad: Balance y Perspectivas”, (Revise la I Parte del Seminario por TV Senado) que se realizó en la Sala de Sesiones del Senado, en el ex Congreso. (Revise la II Parte del Seminario por TV Senado)
En el encuentro que fue inaugurado por el ministro de Hacienda, Alberto Arenas, participaron los senadores Ricardo Lagos Weber, Andrés Zaldívar y Carlos Montes, presidente e integrantes de la Comisión de Hacienda, respectivamente. Además del ex senador y presidente del Instituto Igualdad, Camilo Escalona.
A continuación un esquema simplificado con los principales puntos que contiene el proyecto de Reforma Tributaria y las observaciones surgidas desde distintos sectores hasta el momento:
La iniciativa que cumple su segundo trámite, será analizada por la Comisión de Hacienda en las jornadas citadas para los días:
- Lunes 2 de junio, entre las 15:30 y 20:00 horas
- Martes 3 de junio, entre las 10:30 y 14:00 horas
- Miércoles 4 de junio, entre las 10:00 y las 12:00 horas
Todas las sesiones serán transmitidas en vivo por TV Senado.
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL PROYECTO?
De acuerdo al Mensaje el proyecto persigue incrementar la recaudación tributaria para generar ingresos permanentes para solventar gastos permanentes, con el propósito de resolver las brechas de desigualdad.
Es así como apunta a recaudar cerca de 8 mil 200 millones de dólares para financiar, con ingresos permanentes, los gastos de la reforma educacional, entre otras políticas del ámbito de la protección social.
Esta cifra equivale a la meta del 3% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional y se desglosa en 2,5% del PIB provenientes a cambios a la estructura tributaria y 0,5% de medidas que reducen la evasión y elusión.
¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES PUNTOS DE LA INICIATIVA LEGAL Y LAS OBSERVACIONES QUE PODRÍAN SURGIR EN EL SENADO?
El proyecto consta de once artículos permanentes y dieciséis transitorios. El artículo primero comprende un conjunto de 57 numerales que modifican temas como la eliminación del Fondo de Utilidades Tributables (FUT), el ajuste al tramo mayor de impuestos a las personas y el alza en los tributos a las empresas, así como un régimen especial de tributación para la pequeña y mediana empresa.
La iniciativa también establece un nuevo régimen para el tratamiento impositivo de los fondos mutuos y de inversiones, ajustes a la tributación sobre las ganancias del capital, así como la corrección de algunos tributos específicos (alcoholes, diésel, etc).
Hasta el momento, los puntos que han concitado mayor debate entre senadores de todos los sectores han sido los relativos a los instrumentos para incentivos al ahorro y la inversión de las pymes, de la clase media y del país en general, en especial, en un periodo de desaceleración de la economía.
Así quedó de manifiesto en el reciente Seminario “Reforma Tributaria para una mayor Igualdad: Balance y Perspectivas”, (Revise la I Parte del Seminario por TV Senado) que se realizó en la Sala de Sesiones del Senado, en el ex Congreso. (Revise la II Parte del Seminario por TV Senado)
En el encuentro que fue inaugurado por el ministro de Hacienda, Alberto Arenas, participaron los senadores Ricardo Lagos Weber, Andrés Zaldívar y Carlos Montes, presidente e integrantes de la Comisión de Hacienda, respectivamente. Además del ex senador y presidente del Instituto Igualdad, Camilo Escalona.
CUADRO CON ESQUEMA DE LAS OBSERVACIONES
A continuación un esquema simplificado con los principales puntos que contiene el proyecto de Reforma Tributaria y las observaciones surgidas desde distintos sectores hasta el momento:
CONTENIDO DEL PROYECTO |
OBSERVACIONES SURGIDAS |
1) Eleva, en forma gradual, la tasa del impuesto a las empresas del
actual 20%, a un 25% (21.0% el 2014; 22,5% el 2015; 24% el 2016, y 25% a
partir del 2017). (Artículo cuarto transitorio) |
Dudas por el concepto “renta atribuida”: Se dispone que cada empresa
deberá atribuir a sus dueños, socios o accionistas la totalidad de las
rentas de la empresa, independiente del hecho que dichas personas
naturales podrían no tener derechos consolidados sobre tales rentas. |
2) Tributación sobre base devengada y término del Fondo de Utilidades Tributables (FUT). (Art. 1° numeral 4) |
En el caso de la renta devengada (lo que se aplica a las empresas),
no es necesario que la renta haya sido percibida, pero sí se requiere
que exista un derecho del accionista o socio a retirar en el futuro esa
renta. Asimismo se propone que existan otros incentivos como alternativa a la eliminación del FUT. |
3) Ajustes a la tasa máxima marginal del impuesto de las personas: se
reduce la tasa máxima de los impuestos personales, del 40% actual a un
35%, a partir del año calendario 2017. (Art. 1° numeral 30). |
|
4) Rentas presuntas: limita el ámbito de aplicación de la renta presunta para las microempresas. (Art 34) |
Esta modificación ha generado inquietudes, en particular, en los sectores: agrícola, transportes y minero. |
5) Ajustes a la tributación sobre las ganancias de capital: se
establece que toda ganancia de capital debe quedar gravada con el
impuesto a la renta; elimina la exención a las ganancias de capital
obtenidas en bienes raíces; en el caso de las acciones y derechos
sociales, se reconoce como parte del costo del activo las utilidades
retenidas en la empresa entre la fecha de adquisición y la fecha de
venta de los títulos; se modifica la actual forma de tributación de las
ganancias de capital, que distingue entre ganancias habituales y no
habituales, tratando a las primeras como renta ordinaria y aplicando a
las segundas un impuesto único igual a la tasa de primera categoría.
(Numerales 25, 26 y 27). |
|
6) Ajustes a la tributación de los fondos. (Artículo 11). |
|
7) Modificación de normas sobre tributación internacional (numeral 25). |
|
8) Incentivos a la Inversión y el Ahorro: mejoras en los mecanismos
de depreciación; reglas especiales para las Empresas Pequeñas;
ampliación de los beneficiarios del artículo 14 ter; reglas especiales
sobre Pagos Provisionales Mensuales (PPM); cambio en el sujeto de pago
del IVA; crédito por compra de activo fijo; intereses no se considerarán
percibidos para los efectos de gravarlos con el Impuesto Global
Complementario, en tanto no sean retirados por el contribuyente y
permanezcan ahorrados en instrumentos del mismo tipo emitidos por la
misma institución y se deroga el artículo 57 bis a partir de
2017.(numerales 6; 15; 35; artículo tercero transitorio N° XII). |
Se ha discutido la necesidad de perfeccionar y crear más mecanismos para fomentar la inversión y el ahorro para las Pymes. Además se ha hecho énfasis en mejorar todo lo relacionado con instrumentos para la inversión y ahorro en general, considerando la desaceleración de la economía. |
9) Impuestos ligados al cuidado del medio ambiente: impuesto a las
emisiones de fuentes fijas; impuesto a vehículos livianos más
contaminantes (diésel). Artículos 2° N° 10 y 5°. |
Definición y precisión de tributos en especial a “las fuentes fijas”. |
10) Impuestos correctivos: en el artículo 42 de la ley sobre IVA se
aumenta el impuesto específico a las bebidas alcohólicas y a las bebidas
no alcohólicas con azúcar. Artículo 2° numeral 9). |
|
11) Impuestos indirectos: modifica el pago del IVA en la venta de
bienes inmuebles nuevos; aumento de la tasa del impuesto de timbres y
estampillas (0,4% a 0,8%). Artículo 1°, numeral 8), letra e); artículo
3°, y artículo 4°. |
Las mayores inquietudes surgen por los efectos que esta norma tendría
en los precios de las viviendas y los créditos para la clase media. |
12) Derogación del decreto ley N° 600, Estatuto de la Inversión Extranjera. Artículo 6°. |
|
13) Reducción de la evasión y elusión: incorporación en el Código
Tributario de una Norma General Anti-elusión; facultar al SII para
acceder a la información necesaria para cumplir su misión fiscalizadora;
la incorporación al Código Tributario de facultades para permitir al
SII acceder a la información de compras pagadas por medios electrónicos;
fortalecer la capacidad fiscalizadora de las instituciones de la
administración tributaria; derogación del crédito por impuesto
territorial pagado por empresas inmobiliarias; freno al abuso en las
compras con facturas que realizan las empresas en supermercados y
comercios similares; limitar el régimen de renta presunta a
microempresas. Artículos 1° numeral 10), 15) y 18); 7°, 8°, 9°, 10. |
Inquietudes por alcance de las facultades antielusión para el SII. |
13) Fortalecimiento de la Institucionalidad Tributaria (SII): aumento
en su dotación de funcionarios, el perfeccionamiento de la carrera
funcionaria y mayores recursos para inversión tecnológica, capacitación e
infraestructura. Artículo 7° y 10. |
|
14) Normas adecuatorias: ajustan diversos cuerpos legales a los
contenidos de la reforma que hemos descrito precedentemente (artículo
11). |
|
15) Normas transitorias: finalmente, el proyecto de ley contempla
dieciséis artículos transitorios que se hacen cargo de detallar la
entrada en vigencia de las distintas medidas que comprende la reforma. |
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