Diputados: Aprobado por la Comisión de Constitución proyecto para que personas con capacidades especiales puedan ser jueces y notarios

Diputados:  Aprobado  por la Comisión de  Constitución proyecto para que personas con capacidades especiales puedan ser jueces y notarios

Publicado el 20 de enero del 2015

El texto, en segundo trámite y ratificado por la Comisión de Constitución, modifica el Código Orgánico de Tribunales para eliminar las prohibiciones que actualmente impiden a personas ciegas, sordas o mudas acceder a la carrera judicial.

    El proyecto (boletín 9372) se originó en una moción de las senadoras Isabel Allende, Carolina Goic y Adriana Muñoz, junto a los senadores Alberto Espina y Felipe Harboe, para derogar los numerales 2°, 3° y 4° del artículo 256, así como el numeral 2° del artículo 465 del Código Orgánico de Tribunales, que señalan que no podrán ser jueces ni notarios las personas ciegas, sordas o mudas.

    El objetivo de la normativa en trámite es eliminar estos preceptos legales que van en contra de los principios de igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, permitiendo la plena inclusión de todos los habitantes de la República al pleno ejercicio de sus derechos fundamentales.

    El diputado Arturo Squella (UDI) señala que quizá estas inhabilidades tenían algún sentido décadas atrás, cuando no se contaba con la tecnología que hoy permite apoyar a las personas que tienen alguna capacidad diferente para ejercer estos roles.

    La moción recuerda que el país ha suscrito diversos acuerdos internacionales como la “Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU", que establece que su propósito es “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente"

    La citada Convención, además, señala que se entenderá por discriminación por motivos de discapacidad, “cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad”.

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