Diputados proponen considerar a médicos veterinarios como profesionales de la salud

 Diputados proponen considerar a médicos veterinarios como profesionales de la salud

Publicado el 31 de marzo del 2016

La moción parlamentaria sustenta que, en el campo de la salud pública, la medicina veterinaria es uno de sus pilares, que aporta en forma directa a la salud no sólo animal, sino de la población humana en general.


    Las diputadas Karla Rubilar (IND), Karol Cariola (PC), Maya Fernández (PS) y Alejandra Sepúlveda (IND), junto a los diputados Juan Luis Castro (PS), Iván Flores (DC), Javier Hernández (UDI), Marco Antonio Núñez (PPD) y Víctor Torres (DC), presentaron una iniciativa para modificar el Código Sanitario y la Ley 15.076, con el objetivo de considerar a los médicos veterinarios como profesionales de la salud.

    Los legisladores señalan que la medicina veterinaria, al igual que otras profesiones, ha tenido una fuerte evolución en lo últimos veinte años, abriéndose camino en nuevas áreas de interés como lo son su participación directa en la producción alimentaria; la sanidad animal en los hogares; producción; la lucha contra la zoonosis, las enfermedades vectoriales y las transmitidas por alimentos; la vigilancia de la calidad y la inocuidad de los alimentos; la investigación biomédica y la protección del medio ambiente y de la diversidad biológica, entre otras.

    En ese sentido, resaltaron que en el campo de la salud pública, la medicina veterinaria es -sin lugar a duda- uno de sus pilares más importantes, aportando en forma directa a la salud no sólo animal, sino de la población humana en general.

    Desde un comienzo, acotaron los parlamentarios, las intervenciones de la medicina veterinaria en salud pública, entendida esta última como “el esfuerzo organizado de la sociedad, principalmente a través de sus instituciones de carácter público, para mejorar, promover, proteger y restaurar la salud de las poblaciones por medio de actuaciones de carácter colectivo”, se dieron particularmente en el cuidado de animales productivos, de transporte y carga; la inspección de alimentos de origen animal, carne y leche; el control de algunas enfermedades, que desde los animales se transmitían a los humanos -zoonosis- y; en la eliminación de deshechos animales con la finalidad de proteger el medio ambiente (saneamiento ambiental).

    Informaron que, dentro de la legislación comparada, se puede constatar que en diversos países la profesión de médico veterinario ha sido incluida en diversos cuerpos legales, reconociendo expresamente que apoyan en la prevención y restablecimiento de la salud humana.

    Citaron como ejemplo que, en abril de 2005, el Senado de los Estados Unidos inlcuyó una propuesta legislativa para incrementar la presencia de médicos veterinarios que se desempeñan en el Sistema Nacional de Salud Pública (Veterinary Workforce Expansion Act), considerando que dichos profesionales están calificados para intervenir, entre otros aspectos, en la prevención y control de enfermedades infecciosas, asegurar la inocuidad y seguridad de la oferta de alimentos, promover la salud ambiental, proteger la salud de los animales y actuar en la detección rápida y la atención de enfermedades infecciosas emergentes.

    De tal manera, plantean los autores de la presente moción, una mención legislativa específica de la profesión médico veterinaria entre aquellas que colaboran en la prevención, protección y restablecimiento de la salud humana, permitiría reconocerla como tal, en concordancia con el art. 112 del Código Sanitario y, además, calificarla para el ejercicio de funciones y el goce de derechos de los profesionales de la salud en nuestro país.

    El proyecto, en particular, al reconocer la profesión de médico veterinario como profesión de la salud e incluirla en los cuerpos legislativos que regulan este tipo de profesiones, permitirá otorgar protección y beneficios laborales en el ámbito público y administrativo a dichos profesionales.

    Así, el texto postula que los médicos veterinarios podrán desempeñarse en el ámbito de la prevención y conservación de la salud, en las áreas de prevención y control de zoonosis; de inocuidad de los alimentos de origen animal; investigación de brotes de enfermedades de origen alimentario; en la investigación, detección temprana, prevención y control de enfermedades animales exóticas; zoonosis emergentes y amenazas biológicas; y en la promoción de la salud y el bienestar de la población humana en sus relaciones con la salud y bienestar de animales domésticos y silvestres.

    Asimismo, se faculta al Presidente de la República, a través del Ministerio de Salud, para dictar los reglamentos necesarios para un adecuado ejercicio de la profesión de medicina veterinaria y a modificar la normativa reglamentaria necesaria para la inclusión de la profesión de médico veterinaria como profesionales funcionarios y de la salud.

    El texto, contenido en el boletín 10574, fue remitido a la Comisión de Salud para su estudio.

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