Aprueban proyecto que garantiza el uso de caminos situados en inmuebles fiscales

             Aprueban proyecto que garantiza el uso de caminos situados en inmuebles fiscales

Publicado el 20 de junio del 2013

La moción pretende garantizar el acceso de propietarios de terrenos colindantes al inmueble concesionado.
Por 54 votos, la Cámara aprobó el proyecto (boletín 8866) que garantiza el uso de caminos fiscales. Se trata de una moción de los diputados UDI David Sandoval, Enrique Estay, Gustavo Hasbún, Javier Hernández, Issa Kort, Cristian Letelier, Manuel Rojas y Carlos Vilches, y los RN Leopoldo Pérez y Alejandro Santana.

El texto, enviado al Senado a segundo trámite constitucional, planteaba modificar el Decreto Ley N° 1.939, estableciendo que "la adjudicación de una concesión o la venta de un inmueble fiscal obligará al concesionario y comprador, respectivamente, a respetar los caminos o vías de comunicación situados en dicho inmueble, permitiendo su uso público. Quedará prohibido al concesionario o comprador cerrar o modificar total o parcialmente dichos caminos o vías de comunicación".

Durante el debate del texto en la Comisión de Recursos Naturales, se presentó una indicación de los diputados Enrique Accorsi, Alfonso De Urresti, Fernando Meza, Leopoldo Pérez y David Sandoval, aprobada por unanimidad, que dispone que la adjudicación de una concesión de un inmueble fiscal obligará al concesionario a respetar los caminos o vías de comunicación situados en dicho inmueble, permitiendo su uso público. Quedará prohibido al concesionario cerrar o modificar total o parcialmente dichas vías de comunicación.

Se dispone además que la adjudicación de una venta de un inmueble fiscal obligará al comprador, a respetar los caminos o vías de comunicación situados en dicho inmueble, permitiendo su uso público. Quedará prohibido al comprador cerrar o modificar total o parcialmente dichas vías de comunicación.

La moción recuerda que el Estado, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, está facultado para otorgar concesiones sobre bienes fiscales, las que sólo pueden entregarse para fines preestablecidos y exclusivamente a favor de personas jurídicas de nacionalidad chilena.

Al igual que las concesiones, la venta de bienes del Estado es efectuada por el Ministerio de Bienes Nacionales, ya sea directamente o por subasta o propuesta pública o privada.

En ambos casos, es común que el Estado, por intermedio del Ministerio de Bienes Nacionales, otorgue concesiones y/o venda terrenos fiscales para fines específicos. Ejemplo de ello son enajenaciones para fines turísticos, que buscan el desarrollo de esta actividad en un sitio determinado.

“Así, en cuanto a enajenaciones a título de venta, el Ministerio ha anunciado la venta de terrenos fiscales en Caleta María y Lago Fagnano (XII Región), que suman 35 hectáreas distribuidas en lotes de 2 hectáreas”, precisa el texto legal.

Los autores del proyecto indican que muchos propietarios y ocupantes de terrenos colindantes con bienes fiscales han visto aumentar su nivel de aislamiento por la adquisición, por parte de privados, ya sea a título de concesión o venta, de grandes paños de terrenos del Estado, pues éstos han ido eliminando o modificando caminos de acceso a los terrenos de los primeros, desconociendo servidumbres de paso que, no obstante ser informales, históricamente han constituido las únicas vías de acceso y tránsito a dichos predios.

“Si bien la legislación nacional dispone de mecanismos tanto destinados a asegurar la permanencia de caminos públicos como a garantizar el acceso a inmuebles privados, el ejercicio de este derecho supone ciertas condiciones gravosas que lo debilitan y lo transforman en letra muerta”, explican los diputados.

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