Proyecto busca evitar sobreendeudamiento de usuarios de telefonía móvil, Internet y TV pagada

             Proyecto busca evitar sobreendeudamiento de usuarios de telefonía móvil, Internet y TV pagada

Publicado el 28 de junio del 2013

Los autores buscan regular la suspensión del contrato cuando existe deuda de por medio, de manera que no siga aumentando la cuenta del usuario.
Los diputados Marisol Turres (UDI),Andrea Molina (UDI), Mónica Zalaquett (UDI), Gustavo Hasbún (UDI), David Sandoval (UDI), Arturo Squella (UDI), Jorge Ulloa (UDI), Ignacio Urrutia (UDI) y Felipe Ward (UDI), presentaron una moción que modifica la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, con el objeto de evitar el sobreendeudamiento de los usuarios de telefonía móvil, Internet y televisión pagada.

La propuesta (boletín 8989), modifica la Ley General de Telecomunicaciones, disponiendo que los concesionarios de estos servicios los interrumpirán cuando los usuarios tengan la cuenta o factura impaga por 90 días continuos desde el último pago realizado. Además, deberán desistir del cobro de la tarifa mensual contratada con posterioridad al plazo señalado, y notificarán a los usuarios afectados, por carta certificada, que la relación contractual se terminó.

En los considerandos, los legisladores dan cuenta del crecimiento explosivo de abonados a la telefonía celular. De hecho, al 30 de diciembre de 2011, en Chile existían 23 millones de abonados a la telefonía celular, cifra que representa un 130% de penetración, en tanto que las líneas de teléfono fijo han retrocedido y, a la misma fecha, existían sólo 3 millones y medio de usuarios, principalmente empresas, con este servicio.

Por ello, sostienen que la normativa de telecomunicaciones es extemporánea, ya que regula de buena manera, incluyendo las materias tarifarias, a servicios que van en retroceso, “pero deja vacíos preocupantes para responder a la demanda de los servicios no regulados tan detalladamente por ella”.

Agrega el texto que existen vacíos legales en cuanto a la justa facturación que se realiza por servicio entregado. “Si bien, la ley es sumamente clara y pertinente en cuanto al proceder que deben tener las empresas en caso de cortes no atribuibles al usuario, no lo es en cuanto a la suspensión atribuible a éste”.

Detallan los legisladores que no existe un marco regulatorio claro que establezca una suspensión definitiva lógica de la relación contractual entre ambas partes. En la actualidad, si a un usuario se le suspende el servicio por una razón atribuible a él, se le sigue cobrando al menos el cargo fijo durante un tiempo indefinido o hasta que regularice su situación.

“Esto genera que a la larga los cobros se acumulen en cifras impagables para la gran mayoría de las personas. Además y en relación a esto, las compañías no permiten terminar contratos hasta que la deuda sea pagada en su totalidad, por lo que se genera un círculo vicioso de relación dependiente cada vez más perjudicial”, señala la iniciativa.

Por ello, y tras analizar cientos de reclamos que, tanto la Subtel como el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), reciben de los usuarios de telefonía móvil, Internet y televisión pagada, es que los parlamentarios presentaron este proyecto de ley, que busca evitar el sobreendeudamiento que los contratos asociados a estos servicios implican cuando el usuario no puede seguir pagando por ellos.

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