En Puerto Montt : LA JUSTICIA CONDENÓ AL SUPERMERCADO JUMBO AL PAGO DE UNA INDEMNIZACIÓN DE CASI 3 MILLONES DE PESOS . Mientras compraba en dicho supermercado, una consumidora sufrió la fractura de su mano tras la caída de un letrero de precios.

En Puerto Montt : LA JUSTICIA CONDENÓ  AL SUPERMERCADO JUMBO AL PAGO DE UNA INDEMNIZACIÓN DE CASI 3 MILLONES DE PESOS Mientras compraba en dicho supermercado, una consumidora sufrió la fractura de su mano tras la caída de un letrero de precios.


·        El fallo fue ratificado por la Corte de Apelaciones, tribunal que además condenó a la empresa al pago de una multa 50 UTM (cerca de 2 millones de pesos) por haber infringido la Ley del Consumidor.


Una grave lesión en su mano derecha sufrió una consumidora cuando, al momento de intentar tomar un producto de la góndola de congelados que se ubica en uno de los pasillos del supermercado Jumbo de Puerto Montt, le cayó sobre su mano derecha una de las pizarras colgantes con que se exhiben los precios.

El golpe le produjo un intenso dolor, por lo que la afectada se trasladó inmediatamente a una clínica, donde le diagnosticaron una fractura y lesión del ligamento, debiendo someterse a una intervención quirúrgica, lo que le significó una licencia médica por más de un mes.

Al reclamar ante el supermercado, éste se desentendió del hecho y tampoco dio respuesta favorable ante la mediación del SERNAC, por lo que este servicio lo denunció ante el Segundo Juzgado de Policía Local de la capital regional.

Para el Director Regional de Sernac Los Lagos, Sebastián Fernández  “este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que sus compras sean seguras y que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus dependencias”.

Lo anterior, afirmó Fernández, incluye que las empresas se hagan responsables por la seguridad de sus góndolas de alimentos, pizarras, pasillo, letreros, salidas de emergencia e instrucciones de seguridad claras.

Ante el tribunal, Jumbo se defendió señalando que el hecho fue fortuito y producto de una negligencia de la consumidora, argumentando además que la afectada no informó inmediatamente lo ocurrido, según lo establecen sus políticas internas.

El tribunal analizó las pruebas y además el relato de las testigos, determinando que, de ninguna manera, el accidente puede ser considerado una negligencia de la consumidora, puesto que la seguridad en el consumo y la protección de la salud por parte de las empresas implica tomar todos los resguardos, debiendo tener que asegurar letreros, pizarras, estantes, de modo que el sólo hecho de tocarlos o moverlos no causen daño a los clientes.

Finalmente, el juzgado condenó a Jumbo, fallo que fue ratificado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, teniendo que indemnizar a la consumidora afectada con $3.395.000 por el daño, además de tener que pagar una multa de 50 UTM (cerca de 2 millones de pesos) por haber infringido la Ley del Consumidor.

Fernández confirmó que de ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna.

Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC (www.sernac.cl o consultar al 600 594 6000).

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