Diputados: Con la idea de proteger el bien raíz de uso familiar, un grupo de diputados de oposición, encabezados por Felipe Harboe (PPD), presentó un proyecto (boletín 8901) que propone eliminar la autorización de que gozan las entidades financieras para liquidar la deuda hipotecaria total de un cliente (cláusula de aceleración) en estos casos particulares.


             Plantean eliminar autorización para que bancos liquiden deuda hipotecaria total si se trata de un “bien familiar”

Publicado el 25 de abril del 2013
Según los autores de la moción, se trata de una situación injusta y abusiva, pues desvirtúa la finalidad de una institución de orden público y afecta a cientos de consumidores que como único bien propio poseen el bien raíz familiar.
Con la idea de proteger el bien raíz de uso familiar, un grupo de diputados de oposición, encabezados por Felipe Harboe (PPD), presentó un proyecto (boletín 8901) que propone eliminar la autorización de que gozan las entidades financieras para liquidar la deuda hipotecaria total de un cliente (cláusula de aceleración) en estos casos particulares.

La iniciativa, derivada a la Comisión de Hacienda para su estudio, fue ingresada el pasado jueves 18 de abril por el diputado Harboe junto a sus compañeros de partido, Guillermo Ceroni, Adriana Muñoz y María Antonieta Saa y los diputados PS Alfonso De Urresti y Fidel Espinoza; PRSD Carlos Abel Jarpa; DC Ricardo Rincón y Patricio Vallespín; e independiente Marta Isasi.

Los legisladores estimaron que es preocupante la práctica habitual de los bancos y otras instituciones financieras de utilizar la cláusula de aceleración o de plazo vencido, cuando el bien hipotecado y que garantiza el pago del mutuo, es declarado bien familiar por resolución judicial firme. De este modo, acotaron, la declaración provoca que por efecto de “una cláusula abusiva”, se acelere la deuda y el plazo se entienda vencido, haciéndose exigible su pago total”.

“La situación anteriormente descrita es, a todas luces, injusta y abusiva, pues por una parte desvirtúa la finalidad de una institución de orden público y, por otra, afecta a cientos de consumidores cuyo único bien propio es el familiar”, sentenciaron.

En esta línea, la propuesta de los legisladores es determinar que no será posible hacer efectiva la cláusula de aceleración frente al bien hipotecado para garantizar el pago de la deuda, cuando éste sea declarado como "familiar" por resolución judicial.

Los diputados sostuvieron que la cláusula de aceleración ha sido cuestionada por nuestra doctrina y tribunales, sin embargo, reconocieron, su validez no se puede cuestionar ya que la Ley 18.092, sobre letras de cambio y pagarés, la contempla. “Pero eso sí, con aplicación restringida y, en ningún caso, puede ser instrumento para efectuar abusos y poner en marcha prácticas de mala fe”, destacaron.

Afirmaron que esta situación cobra especial importancia cuando, a través de la misma norma, se pretende burlar los efectos de una institución de orden público como es la "declaración de bien familiar".

"Es claro que la cláusula debe aplicarse en un ámbito restringido, redactada con total claridad y jamás puede usarse de mala fe y ser instrumento para desvirtuar una institución de orden público”, puntualizaron.

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