Diputados: Proponen que juntas de vecinos tengan la facultad de otorgar certificados de residencia


             Diputados: Proponen que juntas de vecinos tengan la facultad de otorgar certificados de residencia

Publicado el 29 de abril del 2013
La iniciativa, presentada por el diputado Jorge Tarud, también entrega a estos organismos la prerrogativa de empadronar a los vecinos de su jurisprudencia. Ambas funciones correspondían anteriormente a Carabineros.
Buscando subsanar un vacío de carácter legal-administrativo, el diputado Jorge Tarud (PPD) presentó el miércoles 10 de abril una moción (boletín 8881) que modifica la Ley sobre Juntas de Vecinos, facultándolas a empadronar a los vecinos de su jurisdicción y a otorgar certificados de residencia.

Según recalca el legislador en el proyecto, el cual fue derivado a la Comisión de Gobierno Interior para su análisis, las prefecturas de Carabineros de Chile, desde el año 1931 fueron los órganos encargados de organizar el empadronamiento de los vecinos de su respectiva jurisdicción, teniendo, por tanto, la facultad de otorgar directamente los certificados de residencia, o bien, para autorizar a las juntas de vecinos para que pudieran otorgar los certificados de residencia.

Recalcó que, sobre este entendido, fue el fallo en 2009 de la Contraloría General de la República que señaló que la norma legal referida "no habilitaba en forma directa a las juntas de vecinos para otorgar certificados de residencia”, por cuanto se limitaba a precisar que aquellas “podrán ser autorizadas” para tales efectos por el órgano encargado, esto es, Carabineros.

Carabineros de Chile, puntualizó el parlamentario, perdió dichas facultades con la entrada en vigencia de la Ley 19.886, que mantuvo en la institución sólo la facultad concerniente al otorgamiento de salvoconductos, potestad que, posteriormente, fue entregada a los notarios a través de la Ley 20.227.

“Como se advierte, al día de hoy, no existe ningún órgano con competencia, ni para otorgar directamente los certificados de residencia, ni para autorizar a las juntas de vecinos para otorgarlos. La Contraloría General de la República, por su parte, ha hecho presente que ese órgano de control carece de facultades para, por la vía de la jurisprudencia administrativa, atribuir funciones a los órganos públicos, en atención a que dicha potestad está radicada en el legislador”, agregó el parlamentario.

Luego, precisó Tarud, tampoco existe un órgano facultado para empadronar a los vecinos de un determinado territorio, por lo que la propuesta es que las facultades tanto de empadronar como la de certificar la residencia de una determinada persona, las tengan las juntas de vecinos.

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